La única sugerencia es que por favor arreglen el micrófono del director se escucha hueco y no se entiende lo que está comentando ok suerte
@cruzbeatrizelena458027 күн бұрын
Sólo que a veces el audio se pierde y se escucha un eco. Muy interesante la información. Gracias!
@JoseValenteHernandezGallardo4 ай бұрын
Muy buena información, muchas gracias.
@Marco_Aragon.5 ай бұрын
Excelente contenido, gracias y saludos desde BC!
@albertomondragonchavarin66985 ай бұрын
Buena Información... 👍
@Ruben-86895 ай бұрын
¿ de donde son?
@coralrocha79576 ай бұрын
Buenos Días! En su presentación señalaron que, recomendaban pagar la diferencia del derecho pagado por renovación CIVA en 2023 por la actualización de derechos que estará vigente para 2024, sin embargo, es importante considerar que la Regla 7.2.3 RGCE es muy clara al señalar que "el pago del derecho..., vigente a la fecha de presentación de la solicitud", por lo tanto, no procede el pago de la diferencia.
@user-uw8dy2bb3u8 ай бұрын
Excelente tema, gracias por la tan nutrida información.
@karenespinoza9902 Жыл бұрын
Hola, cuales son las ciudades que estan catalogadas como "zonas de riesgo" para CBP en Mexico, donde puedo encontrar esta informacion??
@karenespinoza99022 жыл бұрын
Buenas tardes, q pocentaje de diferencia puede haber entre valor total de ventas y el valor total de las exportaciones? En algun catalago, regla menciona el porcentaje de diferencia?
@Juancarlosmayelo012 жыл бұрын
Excelente ponencia! muchas gracias por compartir esta información, felicidades a la ponente así como a TINKTAX, una pregunta...es común en la práctica en aduanas el liberar a nombre de un tercero usando una carta de cesión de derechos de conformidad con el artículo 55 de la Ley Aduanera, esto es correcto solo una carta o se debe hacer un contrato y cómo blindar esa operación??
@tinktax38952 жыл бұрын
Hola Carlos, muchas gracias. Nos podrías compartir un dato de contacto y nos comunicamos o podrías escribir directamente a [email protected], Saludos!!
@saulcruz46802 жыл бұрын
El reto para los empresarios es que el SAT ya no acepta un domicilio que físicamente es una oficina. Por otro lado el empresario no quiere pagar una oficina más grande.