Dr voy a cumplir 21 años,me quedan 2 años para terminar la escuela voy a un cens de 14 a 17:30 tengo probabilidad de que me pague?
@joacoreyes30185 сағат бұрын
agrego que el ya me paga la cuota alimentaria provisoria,y ahora estoy haciendo el tramite para que me pague la real
@gabrielhoraciopedraza2 күн бұрын
que podemos hacer?
@gabrielhoraciopedraza2 күн бұрын
hola doctor muy util la informacion.....me podria indicar que puedo hacer en el caso de que mi patron constantenmente nos presiona a mi y mis compañeros para realizar la maxima cantidad de trabajo en el dia porque trabajamos en un frigorifico y nos exige completar trabajos de deposte y despresameinto de las medias reces, ya hasta se llega a un maltrato con insultos
@AmandaJ-sx3hi4 күн бұрын
Muy claro!! Muchas gracias!!!😊
@HAGAMOSDERECHO2 күн бұрын
@@AmandaJ-sx3hi muchas gracias por tu apoyo y comentarios!
@ignacioabelleiva35994 күн бұрын
Buenas doctor, trabajo en un empresa donde tengo una antiguedad de 7 meses, es un empresa pequeña. Figuro como en relacion de dependencia pero la parte que me pagan por banco virtual es un tercio de lo que representa mi sueldo real, osea que debo estar registrado como trabajo de media jornada y con una categoria menor a la que en realidad pertenezco, sumado a eso, jamas me dieron el alta para que la firmara, ni me entregan recibos de sueldo, por ende no tengo obra social, no se cual es mi art, y tampoco si se realiza algun aporte. Que tan factible es conseguir una indemnizacion en mi caso?
@HAGAMOSDERECHO2 күн бұрын
@@ignacioabelleiva3599 buenas... comenzare explicandote que La Ley Bases (Ley 27.742) establece un período de prueba de 6 meses para los contratos de trabajo por tiempo indeterminado (este es tu caso). Este plazo puede ampliarse hasta 8 meses en empresas de 6 a 100 empleados, y hasta 12 meses en empresas con hasta 5 empleados. Sentado la anterior, debes evaluar si en tu empresa hay de 6 a 100 empleados, y por ende el período de prueba se puede ampliar hasta 8 meses, lo más conveniente es que trabajes hasta ese tiempo mínimo de 8 meses y un día para iniciar un envío de los telegramas e ir negociando una indemnización con tu patrón, en caso de que no prospere la negociación deberás iniciarle juicio laboral. Por otra parte si la empresa tiene hasta 5 empleados, el período de prueba puede ampliarse hasta 12 meses, con lo cual deberías trabajar ese tiempo mínimo (un año y un dia), para poder iniciar un reclamo indemnizatorio. Es muy importante que sepas, que si bien la ley habla de un período de prueba mínimo de 6 meses, esto puede quedar de lado por las ampliaciones de ese periodo que también permite la ley. Otra cuestión diferente es lo que me describes en cuanto a tu forma de registracion (falt de recibos, art, pago real en blanco, etc), ya que esto es un práctico habitual y NO POR ESO CORRECTA que efectúan los empleadores para evadir impuestos y obligaciones. Esas circunstancias que estas atravesando te servirán a la hora de comenzar con el envío de los telegramas obreros, ya que en ellos reclamaras todas esas circunstancias para ir configurando una indemnización. Espero te sirva.... espero tu apoyo y suscripciones, saludos!!
@shd4728 күн бұрын
Hola, cuando se da el caso que no se pasa cuota alimentaria?
@HAGAMOSDERECHO6 күн бұрын
@@shd472 buenas la obligación de pasar alimentos cesa cuando el hijo cumple los 21 años o a los 25 años su estudia y no puede solventarse por sus propios medios. Por otra parte desde mi punto de vista y conocimiento, NO hay casos en que no deba pasarse cuota de alimentos a los hijos, ya que siempre habrá alguien obligado a hacerlo, por ejemplo si el padre no puede, serán los abuelos, si estos no pueden, serán los tíos, si los tíos no pueden, serán los primos y así habrá que ir escalando en la línea de sangre hasta encontrar una persona solvente que se haga cargo de la cuota alimentaria ya que es un derecho consagrado en loas leyes nacionales e internacionales que rigen en la Argentina, más específicamente la Convension de los Derechos del NIÑO. Espero te sirva..... saludos!
@shd4726 күн бұрын
@HAGAMOSDERECHO pero en el caso de tenencia compartida? 15 y 15 días del mes?
@HAGAMOSDERECHO5 күн бұрын
@shd472 espero poder despejar tu duda con un excelente material de mi biblioteca que voy a compartirte, esta perfectamente explicado y es de la autora Griffa Florencia. Espero te sirva... "Es notable destacar que el referido interrogante persiste en la actualidad no ya sobre los operadores jurídicos, pero aún si en los consultantes, quienes continúan con la errónea creencia de considerar que porque el niño/a pasa períodos similares de tiempo con cada uno de los progenitores esto lo exime de abonar una cuota alimentaria. Es por ello que, resulta de suma importancia aclarar este error interpretativo. Si bien la obligación alimentaria recae sobre ambos progenitores, lo es en base a su ‘condición y fortuna’, así el artículo 658 del CCC lo establece expresamente: «Ambos progenitores tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, aunque el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos». Por su parte, el artículo 666 del CCC especifica que: «En el caso de cuidado personal compartido, si ambos progenitores cuentan con recursos equivalentes, cada uno debe hacerse cargo de la manutención cuando el hijo permanece bajo su cuidado; si los recursos de los progenitores no son equivalentes, aquel que cuenta con mayores ingresos debe pasar una cuota alimentaria al otro para que el hijo goce del mismo nivel de vida en ambos hogares. Los gastos comunes deben ser solventados por ambos progenitores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 658». La finalidad perseguida por la norma es que el hijo/a goce del mismo o similar nivel de vida en ambos hogares y para ello tiene en cuenta dos cuestiones: que los progenitores tengan recursos o ingresos equivalentes o que no lo sean.En el primer caso, cada progenitor cubre las necesidades del hijo mientras conviven. Pero si no son equivalentes, se prevé un mecanismo de balance, que consiste en imponer al que cuenta con mayores recursos una contribución mayor. En definitiva, el cuidado compartido en cualquiera de sus modalidades (alternado o indistinto cfr. art 650 CCC), no exime de la determinación de una cuota alimentaria a cargo de uno de los progenitores, dadas las condiciones antes descriptas. Por lo demás, los gastos comunes serán solventados por ambos progenitores como indica la norma; pero no en igual proporción, sino conforme lo establece el artículo 658 CCC, es decir, según su condición y fortuna. Por lo tanto, tampoco se excluye la fijación de un aporte mayor a cargo del que goza de una capacidad económica superior. En conclusión, la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental no está directamente relacionada con el cuidado personal compartido. Por ello, es posible que, aun cuando ambos progenitores compartan con sus hijos/as una cantidad de tiempo similar, uno de ellos esté obligado a pasar una cuota alimentaria al otro al contar con mayores ingresos. Se trata de que los hijos gocen, en la medida de lo posible, de ‘un mismo o similar nivel de vida en ambos hogares"
@GonzaloCagnoli12 күн бұрын
Yo paso 150mil mas lo q le doy a la nena directo y mas y todabia me exige q no le alcanzs
@HAGAMOSDERECHO12 күн бұрын
@@GonzaloCagnoli muchas gracias por compartir tu caso!!
@ericsoria867017 күн бұрын
Muy bueno Dr una eminencia como siempre 👏
@HAGAMOSDERECHO15 күн бұрын
@@ericsoria8670 muchas gracias por los comentarios y el apoyo de siempre hno!
@josetomasaguayo622618 күн бұрын
Muy claro el tema doctor. Una consulta si una persona es despedida a los 4 meses por contrato de tiempo indeterminado (no hay contrato firmado pero le dicen que son 6 meses), le envian telegrama de despido por periodo de prueba art 92 bis, puede reclamar si estuvo su sueldo mitad en blanco mitad en negro? hay un tiempo para contestar el telegrama? desde ya muchas gracias
@HAGAMOSDERECHO18 күн бұрын
@@josetomasaguayo6226 buenas desde mi punto de vista, debes distinguir si el telegrama se envio antes o despues de la entrada en vigencia de la LEY BASES, si fue ANTES debes saber que dice el convenio colectivo de la actividad laboral que desempeña la persona, porque según el art 92 bis de la LCT, el período de prueba se puede extender hasta los 6 meses por convenio colectivo de trabajo (en ese caso no podría reclamar indemnización porque fue despedido dentro del periodo de prueba), pero si el convenio colectivo de trabajo no dice nada, ahí si creo es posible reclamar indemnización por antigüedad en base al salario real que percibía es decir lo que cobraba en blanco más lo que cobraba en negro. Por otro lado si el telegrama fue recibido DESPUES de la entrada en vigencia de la Ley Bases, No podrá efectuar reclamos ya que el período de prueba mínimo es de seis meses. En cuanto a la contestación del telegrama, generalmente en el mismo cuerpo de la carta lo dice, si no dice nada tendrás 48 hs para contestar. Espero te sirva.... saludos!
@josetomasaguayo622618 күн бұрын
@@HAGAMOSDERECHO muchas gracias doctor! Creo que no sé puede hacer mucho, el telegrama fue esta semana, no llegó a los 6 meses sino 4 meses. Pensé que podía reclamar por estar registrada deficientemente.
@josetomasaguayo622618 күн бұрын
Igual voy a buscar el convenio de gastronómicos para ver si hay otro plazo muchas gracias! Exitos
@HAGAMOSDERECHO17 күн бұрын
@josetomasaguayo6226 si primero observa el convenio colectivo de trabajo y luego verifica que hayas entrado a trabajar antes de la entrada en vigencia de la Ley Bases ( 9 de julio de 2024). Si entras en ese supuesto podrás reclamar la indemnización conforme a tu real salario, tal como te comente en la respuesta anterior!
@HAGAMOSDERECHO17 күн бұрын
@josetomasaguayo6226 muchas gracias a vos por comentar ... espero tu apoyo para que recibas los próximos videos.... saludos
@marcelojonathanlopez19 күн бұрын
buenas doctor yo quiero preguntarle como puedo saber si estoy en blanco en mi trabajo porque hace mas de cinco meses que trabajo y nunca me dijeron si es que estoy en blanco
@HAGAMOSDERECHO18 күн бұрын
@@marcelojonathanlopez buenas... tenes algunas formas de saber eso, yo te propongo 2. Por una lado rápido y fácil, consultarle a tu patrón, ahora bien si no quieres hacer eso, podes ingresar a www.afip.gob.ar/trabajoenblanco/ Una vez en la página en el margen izquierdo de la pantalla, aparece el apartado accesos al servicio y verificación del CDIL. En esa pestaña, se debe elegir la opción INGRESAR SIN CLAVE FISCAL A UNA CONSULTA. Una vez seleccionada la opción “Ingresar sin clave fiscal a una consulta básica” se accede a la pantalla, que pide una serie de datos personales para conocer la información sobre la situación laboral, una vez completado los requisitos te arrojará el resultado para saber si estás registrado en algún trabajo. Yo te recomiendo que hables con tu patrón porque en caso de estar en blanco tienes unas serie de beneficios que debes conocer por ejemplo la obra social, salarios familiares, etc. Espero te sirva.... saludos
@marcelojonathanlopez21 сағат бұрын
@@HAGAMOSDERECHO muchas gracias por su respuesta doc, me quedo muy clarito todo 👏👏👏👏👏👏
@franciscobueno-yo7ii20 күн бұрын
buen dia dr le quiero consultar que pasaria en el caso que yo vaya a hablar con mi jefe para que me pague por el tiempo que llevo trabajando mas o menos 1 año y medio, porque quiero dejar el trabajo porque no me puso en blanco, muchisimas gracias
@HAGAMOSDERECHO18 күн бұрын
@@franciscobueno-yo7ii buenas.... en tu caso te recomiendo realizar el cálculo de la indemnización que te corresponde por antigüedad, tal y como lo explicó en el video. Luego debes dirigirte a negociar con tu empleador y si en esa negociación no pueden solucionar amistosamente, debes evaluar en comenzar con el envío de los telegramas. Espero te sirva....saludos!
@miriamcasagrande420420 күн бұрын
El padre de mi hijo lo reconoció a los 6 meses, a los 5 años le diagnosticaron ezquisofrenia hoy tiene 27, y el.padre se acaba de jubilar
@franciscobueno-yo7ii20 күн бұрын
que irresponsabilidad de ese padre, nunca se hizo cargo de su hijo. lamentable el actuar, es muy triste que un padre se olvide de sus hijos
@HAGAMOSDERECHO19 күн бұрын
@@miriamcasagrande4204 muchas gracias por compartir su caso... Lamentablemente no podrá hacer ningún reclamo de cuota alimentaria,, pero tal vez su hijo pueda hacerle un Juicio al padre por todos los DAÑOS y PERJUICIOS que sufrió a raíz de todo el actuar de su padre. Saludos
@patmg6021 күн бұрын
Que pasa si un progenitor trabaja por su cuenta y argumenta q no percibe ingresos, tiene cuentas en rojo
@HAGAMOSDERECHO21 күн бұрын
@@patmg60 buenas en ese caso hay desde mi punto de vista hay dos soluciones... la primera es iniciar un Juicio sumarisimo donde se debe pedir informes de viviendas, autos, cuentas bancarias, etc a las diferentes instituciones, ademas de testigos y las distintas pruebas q demuestren los reales ingresos de la persona. Una vez comprobado los reales ingresos de la persona debería iniciarse el juicio de alimentos. En el segundo caso se debe proceder como lo explicó en el video, citando tanto al padre (a quien se le reclamara un porcentaje de un salario mínimo vital y móvil), como así también a los abuelos del niño/a a quienes eventualmente se le podrá embargar parte de su jubilación o pensión. Espero te sirva.... saludos!
@marcelojonathanlopez19 күн бұрын
creo que todos los padres irresponsables que no quieren pagar la cuota de sus hijos argumentan lo mismo
@HAGAMOSDERECHO18 күн бұрын
@marcelojonathanlopez gracias por compartir tu opinión!
@patmg6018 күн бұрын
Muchas gracias@@HAGAMOSDERECHO
@1911Rg22 күн бұрын
Muchas gracias Dr. Muy bien explicado
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@1911Rg muchas gracias por tu apoyo hno!
@emilioolmo-w8p22 күн бұрын
genial su video.... le comento mi caso en diciembre del año 2023 entre a trabajar en negro en un restaurante de la costa y trabaje hasta abril del año pasado luego me dejaron sin trabajo y me dieron una suma de dinero que me parecio poco y ademas me hicieron firmar un papel donde decia que no podia demandarlos esta bien eso doctro puedo hacer algo??
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@emilioolmo-w8p buenas... según mi opinión al margen de que hayas firmado algún convenio en tu trabajo, igual podrás iniciar un reclamo laboral si es una suma muy baja e irrisoria la que te abonaron al despedirte. Pero se deben analizar varios factores, por ejemplo si firmaste un contrato antes de entrar a trabajar, o si es primera vez que trabajaste en ese lugar o ya lo hiciste en otra oportunidad ... porque hay distintas formas de contratación que permite la ley laboral, e indemnizaciones diferentes para cada una de ellas. Es necesario en tu caso acudir a consulta profesional urgente y no dejar pasar más el tiempo dado que las deudas en estos casos prescriben a los dos años. Espero te sirva.....saludos!
@emilioolmo-w8p21 күн бұрын
@@HAGAMOSDERECHO muchas gracias por responderme doc 👍
@sabrinaseballos288822 күн бұрын
Que buen video mi amor!💙💙
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@sabrinaseballos2888 muchas gracias por tu amor!
@santonun830022 күн бұрын
Hola Dr. excelente su explicación, muy práctico. Por favor siga subiendo videos sobre Derecho Laboral Q en estos tiempos el laburo es un bien preciado y queremos saber q derechos nos asisten ante una eventual arbitrariedad.
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@santonun8300 muchas gracias por tu apoyo y comentarios! Seguro seguiré subiendo más material sobre los derechos laborales
@ricardoamaya-eq9we22 күн бұрын
estimado doctor podria explicar si ese calculo basico que usted nos enseña para calcular la indemnizacion es el mismo que vamos a cobrar en caso de iniciar el juicio muchas graciaaas!!
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@ricardoamaya-eq9we buenas... el cálculo básico es solo a los fines de tener un monto para ir a negociar con el patrón una solución rápida sobre el pago indemnizatorio que correspondería al trabajador en caso de despido o de que el trabajador quiera dejar su trabajo.
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@ricardoamaya-eq9we espero te sirva...saludos
@josiasdavidnavarro22 күн бұрын
Buenas tardes dr, lo felicito por el video, excelente explicacion palabras claras y sencillas👍👍👍
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@josiasdavidnavarro muchas gracias por tu apoyo y comentarios!
@gerardoausarrobles22 күн бұрын
Dr es cierto que con la nueva ley bases no se puede reclamar indemnización??, muchas gracias por su video💫💯
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@gerardoausarrobles buenas... aun con la ley bases se puede reclamara indemnizaciones en caso de despidos con culpa del empleador. Lo que la ley bases suprimió es que dentro del monto indemnizatorio no se podrán reclamar rubros como las multas impuestas por otras leyes laborales.
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@gerardoausarrobles espero te sirva....saludos
@gerardoausarrobles21 күн бұрын
muchas gracias por su respuesta DOCTOR
@carlos-ot2qb22 күн бұрын
Buenas DR, en caso de un despido de palabra solamente luego de haber trabajado casi siete años puedo hacer algo??
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@carlos-ot2qb buenas... en primer lugar debemos saber cuando fue el despido. Si ese despido fue hace más de dos años, lamentablemente no podrás hacer nada ya que la deuda dineraria ha prescripto, por el contrario si aun no han transcurrido dos años desde el despido SI podrás comenzar a realizar los trámites para lograr obtener un pago indemnizatorio. Te recomiendo urgente buscar asesoría legal si entras dentro del segundo caso. Espero te sirva.... saludos
@carlos-ot2qb8 сағат бұрын
@@HAGAMOSDERECHO mucgisimas gracias!!!!
@josebrandam22 күн бұрын
Excelente info dr...muchas gracias👍
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@josebrandam muchas gracias por tu apoyo y comentarios!
@josebrandam18 күн бұрын
@@HAGAMOSDERECHO gracias por contestarme doc
@ernestojesuslagarrigue22 күн бұрын
MUY CLARO DOCTOR. PODRIA EXPLICAR SI PUEDO PEDIR INDEMNIZACION CON MENOS DE TRES MESES TRABAJADOS ....DESDE YA MUCHAS GRACAIS!!👏👏👏
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@ernestojesuslagarrigue buenas... lamentablemente si no tienes un tiempo trabajado en la empresa de seis meses y un día, no podrás exigir indemnizaciones por despido
@HAGAMOSDERECHO22 күн бұрын
@@ernestojesuslagarrigue espero te sirva... saludos
@xxeenneeiizzeediegoАй бұрын
Hola doctor mi duda es sobre el regimen de visita. Ya esta acordado mediante juzgado, en mi caso por ejemplo lo puedo tener a mi bebe de dos años los dias Sabados y reintegrarselo a la madre el Domingo a las 20 hs. La pregunta es si me perjudica llevarselo antes de ese horario osea mas tenprano de lo acordado. Muchas gracias!
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@@xxeenneeiizzeediego buenas.... en tu caso particular debes saber que cualquier incumplimiento en cuanto a lo acordado en el régimen de comunicación puede ser denunciado y tener consecuencias como la reducción de horarios incluso la revocación del régimen ( hasta que se demuestre la realidad de los hechos). Por otro lado nada obstaculizaria que le plantees a la madre del niño que debes reintegrarlo antes del horario pactado por la razón que fuere (motivos de trabajo, horarios de transporte, etc). Pero explicarle respetuosamente y tratar que ella acceda a tu pedido. Espero te sirva.... saludos!
@BlackBoi-b8gАй бұрын
❤
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@@BlackBoi-b8g muchas gracias por los comentarios!
@emilioolmo-w8pАй бұрын
gracias por compartir estos vídeos que son de gran utilidad para todos los que estamos comenzando
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@@emilioolmo-w8p muchas gracias por tus comentarios!!
@rodrigoguerra586Ай бұрын
hola buenas yo tube una mediación fui con mi abogado y la mama de mi hija igual, llegamos a un acuerdo, y ahora tras 4 meses mi abogado me cobra su "JUS" que es una total locura la suma y el nunca me informo de esto, se puede hacer algo al respecto?
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@@rodrigoguerra586 buenas... en tu caso debes distinguir dos situaciones. Primero si el abogado que te acompaño forma parte de la Defensoria civil, es decir que trabaja para el estado, NO deberías pagarle, porque el estado se encarga de su sueldo, es más deberías denunciar en el colegio de abogados. Como Segundo supuesto si el abogado que te acompaño es un profesional particular (es decir que no trabaja para el estado), antes de ir a la audiencia o iniciar cualquier trámite, tu abogado te debería haber explicado lo que iba a cobrarte por su labor, es un poco raro que no te haya explicado nada, pero de todos modos si no lo hizo también puedes acudir al colegio de abogados para que revisen el actuar de tu abogado. Ahora puede ocurrir también que te haya explicado y no recuerdes, en ese caso podría pedirle que te haga una forma fe pago en cuotas de sus honorarios. Espero te sirva... saludos!
@43510946Ай бұрын
Hola quiero hacerte una consulta. Yo paso una semana con mis hijas y la otra con la madre compartimos los mismos gastos en lo que es escuela y todo lo que sea respecto alas ndnas.. ahora ella esta pasando por una mala situacion economica por su culpa por gastar mas de lo que gana. Y me embargo mi sueldo pidiendo la cuota alimentaria. El 20 de diciembre es la audiencia puedo exigir que sea todo a medias como veniamos haciendo?? Aclaro que mi situacion tambien esta igual que ella y cobramos casi lo mismo
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@43510946.... buenas esto va a depender de con quien viven las niñas, ya que la ley le asigna un valor economico a lo que respecta la vivienda donde viven, las tareas que realiza la persona que vive con las niñas (lavar la ropa, cocinar, llevarlas a la escuela, al club, y todo lo que implique actividades en beneficio de las niñas), si viven con la madre, lo mas seguro es que se trabe embargo sobre tu salario. Para invertir la situación podrías plantear que las niñas vivan con vos en tu domicilio (ahi deberas argumentar las mejores condiciones que le puedes ofrecer), y que sea la madre quien deba tener derecho de comunicacion -visitas-, y que pague la cuota alimentaria, si te hacen lugar a esto y en el futuro la madre no cumple con la cuota alimentaria, puedes intimar a los abuelos que se hagan cargo de la cuota, si no tienen abuelos, a los tios y si no tiene tios a los primos... Espero te sirva...... saludos
@fernandovila4419Ай бұрын
Yo inicie demanda por tenencia y alimentos. Hace mas de 10 años y nunca me dieron la tenencia, ni recibo manutención. El juzgado nunca dictamino una sentencia firme o definida. Y la madre de mi hija se fue hace13 años y nunca mas aparecio, solo para ir al juzga. Que tengo que hacer????
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@fernandovila4419... buenas según entiendo de tu consulta, vos te hiciste cargo de tu hija y vivis con ella, la madre se fue hace años de tu casa y por ende de la vida de ud. y su hija... En este tipo de casos deberías averiguar datos de la madre, saber donde vive realmente para poder notificarla de las resoluciones que se dicten en el futuro, en el juicio que iniciaste y que debes volver a reactivar, puesto que como ha pasado mucho tiempo, el juicio debe estar archivado. Entonces deberás contactarte con el abogado/a que había iniciado tu juicio (previamente conseguir datos de la madre de tu hija), si ya perdiste contacto con ese abogado, deberías contratar otro, si no dispones de medios económicos, tienes que ir al colegio de abogados de tu ciudad donde puedes pedir asesoramiento gratuito ya que todos los colegios de abogados tienen consultorios gratuitos, otra opción es ir a la defensoría civil en los tribunales civiles de tu ciudad, allí también te pueden proporcionar un abogado gratuito. Una vez reactivado el juicio, sería recomendable intimar a los abuelos de la niña para que de manera subsidiaria se hagan cargo de la cuota de alimentos (te aseguro que ahi aparecerá la madre). Si no tiene abuelos se los intima a los tíos, y si no tiene tíos a los primos.... Alguien responderá si la madre no aparece. Este tramite es arduo y requiere 100% de tu predisposición para hacer los tramites y mantenerte insistente con el abogado que tome tu caso, ya que puede llevar minimamente 1 año o menos. Espero te sirva..... saludos
@santonun8300Ай бұрын
Hola Dr. Tenía un vídeo sobre derecho laboral, ya no lo encuentro. Lo va a volver a subir? Gracias.
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@santonun8300.... buenas... si si lo estaré subiendo nuevamente, tuve que bajarlo por unas políticas de youtube, pero en breve lo estaré colgando nuevamente Igual podes realizarme tu consulta sobre ese tema si gustas
@quiensabedeltema51122 ай бұрын
Hola. Mi situación es la siguiente: firmé un contrato donde un comprador hizo una reserva para comprar mi propiedad. Yo ahora no quiero cumplir con el acuerdo porque he visto que no me conviene. Se que en el caso de arrepentimiento hay que pagar el doble de la reserva al comprador. De donde obtienen el dinero para resarcirse si uno no tiene dinero para pagar?
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@@quiensabedeltema5112 buenas... le voy a responder desde un punto de vista general, ya que un contrato firmado requiere ser estudiado detalladamente para saber cuales son las consecuencias del incumplimiento. Dicho esto puedo comentarle que el dinero para resarcimiento por incumplimiento contractual puede obtenerse de los embargos de haberes, de los embargos de los bienes muebles que tiene dentro de su casa, de los bienes automotores e incluso de los bienes inmuebles a su nombre.... algunos abogados también tratamos de pedir embargos del dinero con el cual usted va a pagar la luz, el agua, el gas.... eso ya queda a criterio del juez si hace lugar o no. Espero le sirva... saludos
@quiensabedeltema5112Ай бұрын
@@HAGAMOSDERECHO Estoy en el horno,jaja! Gracias
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
@@quiensabedeltema5112 siempre puedes tratar de llegar a una solución amistosa, a un Arreglo con la otra parte...planes de pago, financiaciones, etc. Espero puedas solucionar... saludos
@josebrandam2 ай бұрын
Muchas gracias doctor... Podria dejar algunos consejos para elaborar los alegatos por favor!!
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
buenas... desde mi punto de vista lo primero seria persuadir resumidamente al juez sobre los extremos que acreditan la responsabilidad civil del demandado, luego deberias ir valorando detalladamente cada medio probatorio que lograste producir, y a su vez indicar que se logra acreditar con cada prueba conectandolo directamente con los rubro indemnizatorios que reclamaste.. Eso es en lo que yo particularmente me centro y por lo general da buenos resultados!! Claro que deberias ahondar un poco mas con la bibliografia a fin de que puedas lograr una excelencia en tu alegacion.. Espero te sirva,..saludos
@julioolmo-rp8hkАй бұрын
muchas gracias dr por los consejos
@marcelojonathanlopezАй бұрын
linda pregunta y el profesor dejo buenos tips 👏👏👏👏
@josiasdavidnavarro2 ай бұрын
Lo felicito por su exposicion😮
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@josiasdavidnavarro muchas gracias por tu apoyo y comentarios!
@julioolmo-rp8hk2 ай бұрын
👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏💯
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@julioolmo-rp8hk muchas gracias por tu apoyo!
@CeciliaGarzón-d1q2 ай бұрын
Exitos dr !!! Muy buena explicación 💪
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@CeciliaGarzón-d1q muchas gracias por el apoyo de siempre!
@ernestojesuslagarrigueАй бұрын
tienes toda la razon!!👏
@LucasAlejandroSiares2 ай бұрын
El papa de mis 2 hijos tiene 2 empleos y solo me pasa el 30% del sueldo q cobra menos un total de 51mil pesos yo percibo una pension por discapacidad de 250mil pesos pero pago alquiler de 150mil servicios de 40mil club de mis 2 hijos alimentos. Que tengo qu3 hacer para que me pase el porcentaje de los dos sueldos que tiene
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@LucasAlejandroSiares buenas... en tu caso deberías pedir al abogado que lleva tu caso que presente un "Incidente de Aumento De Cuota Alimentaria", en esa presentación debes acreditar todos esos gastos a los que ud hace mención (presentar recibos de pago de alquiler, tiket de compras en el super, tiket de medicamentos, pagos de médicos, etc), como así también debe aportar datos de los dos trabajos del padre, para que se pidan informes desde el juzgado sobre los montos que el percibe por sueldo, y deberá tratar de conseguir todas las pruebas que demuestren que el dinero que el paga de cuota alimentaria ya ha quedado desactualizado. Eventualmente deberían hacer lugar al pedido de aumento de cuota alimentaria. Espero te sirva.... saludos
@fernandocalderon144019 күн бұрын
No probaste con laburar vos?
@marcelojonathanlopez2 ай бұрын
buenas doctor Facundo... hay algun tiempo limite para formular los alegatos? muchas gracias!!
@HAGAMOSDERECHOАй бұрын
buenas.... en principio el codigo de procedimientos de Santiago del Estero no estipula un periodo de tiempo para alegar de manera oral, pero si dispone que en caso de alegatos por escrito cada parte dispone de un plazo de seis dias. por otra parte esto es una buena diferencia con el codigo procesal civil y comercial de Tucuman el cual dispone que que el tiempo para alegar de cada parte es de quince minutos. Espero te sirva....saludos!
@josebrandamАй бұрын
Algunos abogados se toman más tiempo de lo normal me parece
@ernestojesuslagarrigueАй бұрын
@@josebrandam es verdad vi otros videos de mas duracion, pero la mayoria son de otras provincias
@marcelojonathanlopezАй бұрын
@@HAGAMOSDERECHO muchas gracias por contestarme doctor
@carlos-ot2qb29 күн бұрын
Vi otros videos en los que los abogados hablan mucho más qñde ese tiempo
@matiasfranco-vz3wp2 ай бұрын
Excelente su explicación Doctor, para así llevar a un convencimiento del juez mas exacto y apartado como usted dice👌
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@matiasfranco-vz3wp muchas gracias por tus comentarios!
@ernestojesuslagarrigueАй бұрын
me parece acertado tu comentario matias !
@matiasfranco-vz3wp25 күн бұрын
@@HAGAMOSDERECHO gracias a ud doc por contestar
@matiasfranco-vz3wp25 күн бұрын
@@ernestojesuslagarrigue gracias amigo!
@ricardoamaya-eq9we2 ай бұрын
sigan los exitos Dr! 💫💫
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@ricardoamaya-eq9we muchas gracias por tus deseos!
@franciscobueno-yo7ii2 ай бұрын
Uno de los mejores videos de alegatos de clausura excelente, felicidades. Gracias por compartirlo, se aprende mucho de ésto. Saludos👏👏
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@franciscobueno-yo7ii muchas gracias por tus comentarios👍
@josebrandamАй бұрын
Tenés razón Francisco trate de buscar más videos de otros abogados pero no encontré
@franciscobueno-yo7ii20 күн бұрын
@@HAGAMOSDERECHO grcias por responder
@franciscobueno-yo7ii20 күн бұрын
@@josebrandam si hnooo es como buscar una aguja en un pajar
@ernestojesuslagarrigue2 ай бұрын
muchas gracias doctor!👍
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
Gracias por el apoyo. Saludos
@sabrinaseballos28882 ай бұрын
Buen video mi amor💙
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
Muchas gracias por tu apoyo amor!
@ericsoria86702 ай бұрын
Buenaaaaa Dr me sirvió muchísimo 🫠
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
Muchas gracias por el apoyo hno!
@gerardoausarrobles2 ай бұрын
Genial sus aportes Dr!👍👍
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
Muchas gracias por tu apoyo y comentarios
@carlos-ot2qb2 ай бұрын
EXCELENTE DR! 🙌🙌
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
Muchas gracias por comentar 👍
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
Muchas gracias por tu comentario 👍
@carlos-ot2qb29 күн бұрын
@@HAGAMOSDERECHOgracias por contestar dr
@gabrielhoraciopedraza2 ай бұрын
excelente video doctor, muchas gracias por mostrar sus practicas👏👏👏👏👏👏👏👏
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
Muchas gracias por tu apoyo y comentarios!
@leos80292 ай бұрын
Buenas, me estan reclamando que de mi apellido, el nene tiene 10 años no se si es mio, que tengo que hacer?
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@leos8029 ...buenas ... en tu caso particular deberas presentarte en el juicio si ya te demandaron (se llama juicio de filiacion). deberas presentarte con tu abogado particular, si no tienes uno debes dirigirte a la defensoria oficial civil (que generalmente esta en los tribunales civiles de tu ciudad), o al colegio de abogados donde tambien te pueden proveer de un abogado gratuito, esto siempre y cuando cumplas con los requisitos para acceder a un abogado gratuito, dichos requisitos consisten en que no tengas un salario abultado, inmuebles caros y automotores de alta gamma. Como dije mas arriba si o si conviene presentarte en el juicio y pedir un examen de ADN, esto despejara todas las dudas ya que es un 99,9% efectivo, en caso de que sea tu hijo deberas hacerte cargo de la cuota alimentaria. Si no hay ningun juicio y es solo un reclamo de la madre, tambien puedes salir de esa duda realizando un examen de ADN en cualquier laboratorio de analisis, ese examen al ser particular deberas pagarlo tu y la madre. espero te sirva.... saludos!
@leos80292 ай бұрын
@HAGAMOSDERECHO la madre tuvo problemas con otro hijo que tuvo con otro, por adicciones,de ahí niñez quiso saber quien era el padre de este chico que me reclaman, a mí me citaron de niñez
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@leos8029 entiendo tu situación, deberías presentarte, para que puedas acceder a exámenes de ADN que comprueben tu paternidad. Si el ADN da positivo, sobrevendra la obligación de que pagues la cuota alimentaria para el niño, la visitas y comunicación con el niño es otro tema que quedará en tu decisión. Lo que si sería obligatorio si eres el padre es cumplir con la cuota alimentaria. Entiendo tu inquietud, pero lo mejor que puedes hacer es despejar toda incertidumbre con el ADN, para así saber donde estas parado.
@leonardoaguirre53742 ай бұрын
Me imagino que los jueces deben saber que para que un padre le pase alimentos a los hijos debe estar vivo, o sea, debe poder alimentarse él para poder salir a trabajar para poder cobrar un sueldo para luego pasar alimentos, calculo, no se, digo
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@leonardoaguirre5374 buenas.. entiendo tu punto de vista, y también l9 he planteado antes los jueces en un caso... más o menos resumidamente me contestaron que el padre debe esforzarse aún más y buscar los medios necesarios para hacerse cargo de las obligaciones que el originó (nacimiento del hijo). Muchas gracias por comentar! Espero te sirva la experiencia que te comente... saludos!
@leonardoaguirre53742 ай бұрын
@HAGAMOSDERECHO de nuevo calculo que ese juez habrá visto que ese padre efectivamente podia esforzarse aún más y que eso no pondría su salud en peligro y que además ese padre también tendría tiempo para poder ver a sus hijos después de tanto esfuerzo y tiempo invertido no se digo calculo
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@leonardoaguirre5374 es muy entendible tu punto de vista! Debo decirte que cada caso/juicio es único y particular con lo cual deben hacerse todos los planteos necesarios para tratar de buscar la solución más acorde... pero la realidad es que siempre el juez decidirá en beneficio del niño, sin tener muy en cuenta otros factores como los que ud. manifiesta. Al margen de esto, siempre podrán apelarse las sentencias para que una cámara de Jueces (cámara de apelaciones), revise las sentencias dictadas.
@leonardoaguirre53742 ай бұрын
@HAGAMOSDERECHO entiendo perfectamente, de hecho solo hice tales planteos para poner de manifiesto cuestiones que por ahí se pasan por alto o no se le da una mínima importancia, además lo hago desde la lógica y el sentido común que entiendo la justicia tiene la propia. Muy buen video apropósito
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@leonardoaguirre5374 muchas gracias por tus aportes y comentarios!!
@AlexanderBenegas-p7w2 ай бұрын
Hola Doctor como le va? No puedo ingresar, dice que mi clave o usuario no es valido, por que sera? Esto es lo que me sale cuando entro a la pagina: "Luego de haber gestionado tu firma digital en la AR más cercana, tendrás tu Usuario y Contraseña, tu OTP y tu PIN listo para firmar cualquier documento PDF" , osea que debo gestionar esta tarea antes de ingresar?
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
buenas... lo primero que debes hacer es descargar desde el play store de tu celular la aplicacion GOOGLE AUTHENTICATOR , una vez instalada la app, si o si debes dirigirte de manera presencial luego de haber gestionado un turno via web o telefonicamente a un centro de atencion del ministerio de modernizacion mas proximo a tu lugar de residencia (en el video dejo las direcciones para santiago del estro y tucuman), alli te pediran el usuario y contraseña para validartelo. una vez hecho esto las autoridades te habilitaran la firma. luego vuelves al video para ver paso a paso como firmar el documento. espero te sirva....saludos!!
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@AlexanderBenegas-p7w siguiendo el procedimiento en la forma que te indico podrás solucionar
@AlexanderBenegas-p7w2 ай бұрын
@@HAGAMOSDERECHO muchas gracias sos un genio, yo estoy en chile actualmente, se podra hacer online el trámite?
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@AlexanderBenegas-p7w el tramite es presencial, aun no se habilitó parabrealizarlo de manera remota
Yo cobro a auh, eso le permite a su papa no pasarme la cuota alimentaria? Y ademas esta sin trabajo.
@HAGAMOSDERECHO2 ай бұрын
@@YaquelinaSosa-h5u buenas... la AHU es independiente a la cuota alimentaria, es decir que por más que vos la cobres el padre debe pasar cuota alimentaria... Espero te sirva... saludos