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Sucesión “es el medio por el cual una persona ocupa en derechos el lugar de otra, es decir lleva implícita la sustitución de una persona por cuanto a su titularidad de derechos y obligaciones por otra que los adquirirá a falta de la primera”. La herencia es la sucesión de todos los bienes del difunto y de todos sus derechos y obligaciones, que no se extinguen con la muerte. Puede ser: vacante, yacente, aceptada y divisa.
Testamentaria: El Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre por el cual una persona capaz transmite y/o dispone de sus bienes y derechos, declara o cumple deberes para después de su muerte.
Intestamentaria: A través del entroncamiento con el De Cujus (Los parientes más próximos excluyen a los más cercanos).
Dudas
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