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Desde enero 2022 todas las personas morales deben identificar a sus beneficiarios controladores, mantener actualizada la información y conservarla a disposición del SAT para cuando esta autoridad la requiera.
La información se debe actualizar dentro de los 15 días siguientes al hecho que motive la actualización, el cual puede ser la modificación de un dato, el cambio en la condición del #BeneficiarioControlador o el que un beneficiario controlador deje de serlo.
Alejandro Ponce Rivera y Chávez es abogado fiscalista.
Tels. 55 5543-5378 / 222 243-2211
Correo: aprc@defensa-fiscal.com.mx