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NOTA IMPORTANTE: Mediante reforma de 2021 se adicionó al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, la fracción VIII, que establece que el monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador. Se hace la aclaración toda vez que se me pasó mencionarlo en el vídeo.
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