¡Quieres saber los parámetros para el registro de una Software ante la DNDA?, pues estas en el video correcto ya que te explicaremos paso a paso lo que debes hacer.
Пікірлер: 60
@naindaza74363 жыл бұрын
Muy buena muy buena explicacion ... excelente los presentadores
@DERECHODEAUTORCOL3 жыл бұрын
Nain Daza: Nos alegra que le interese el Derecho de Autor. Gracias por comentar.
@adriana.hernandez2 жыл бұрын
Gracias muchachos
@DERECHODEAUTORCOL2 жыл бұрын
Muchas gracias a ti por comentar Adriana.
@luisoctavioalvaradogaona30384 жыл бұрын
Buenas tardes, tengo dos preguntas: estoy realizando el trámite on line de derechos de autor de software y al final me piden un poder. Ese poder es el que yo como desarrollador y dueño del sistema le doy a la empresa de la cual soy socio para mi representación?? Y si tienen un formato de poder que me sirva de guia??
@sacbur61385 жыл бұрын
Muchas Gracias Muchachos, me ayudo mucho la información. ¿Podrían hacer un vídeo sobre registro de marca?
@MrMonjean4 жыл бұрын
el registrar un software tiene algun precio? o todo es gratuito?
@sacbur61384 жыл бұрын
@@MrMonjean Gratuito. Pero debes asegurarte de que hagas bien todos los pasos. Saludos.
@MrMonjean4 жыл бұрын
@@sacbur6138muchas gracias!! Yo necesito registrar una aplicación móvil y estoy averiguando sobre el registro, iré en los próximos días. Muchas gracias por responder
@DERECHODEAUTORCOL4 жыл бұрын
Hola Sac, debes preguntar dicha información en la Superintendencia de Industria y Comercio; quienes son encargados de ese tema.
@DERECHODEAUTORCOL4 жыл бұрын
@@MrMonjean Josif, el registro es gratuito
@diegoalejandroalvarez48853 жыл бұрын
Hola. El desarrollo de una plataforma web (página web) también puede ser registrado como software haciendo uso del procedimiento explicado en el video o tiene un trámite diferente ?? Gracias.
@DERECHODEAUTORCOL3 жыл бұрын
Diego: Una página web como tal, no tiene protección bajo el Derecho de Autor, sin embargo el código fuente creado completamente por ti, si lo tiene, al igual que el contenido que publiques en la página siempre y cuando sean obras por ejemplo, fotografías, textos ( obras literarias), videos, entre otras. El código debe ser registrado en la categoría de software y las diferentes obras en cada categoría correspondiente. Para mayor información puedes comunicarte a nuestra línea 7868220 y solicitar una asesoría gratuita.
@JuanCamilokkc Жыл бұрын
Y el proceso tiene algún costo? En el vídeo no se mencionó nada sobre pagos, pero de todas formas es mejor preguntar
@DERECHODEAUTORCOL Жыл бұрын
Muy buen día, Te comentamos que el registro es gratuito.
@maylingbustamante91395 жыл бұрын
Hola, deseo saber como se protegen los ovas( objeto virtual de aprendizaje)?
@sacbur61384 жыл бұрын
Las ovas, al final tambien son software. Yo pienso que se registra el software de igual manera. Pero tambien agregado debes registrar las imágenes que se hicieron para la interfaz y la música o sonidos implementados. Es decir que tendrías que registrar todos esos recursos. Si llegas a saber algo mas del tema por favor mandame respuesta me interesa tambien esa pregunta
@user-gh8ch7gj7y3 жыл бұрын
Hola a todos! tengo una duda... en caso de que el software tenga también hardware, cómo hago para registrar el derecho de autor del hardware? Gracias
@DERECHODEAUTORCOL3 жыл бұрын
Hola, el software y el hardware se beben entender como elementos separados. El software tiene protección bajo el Derecho de Autor y el registro se hace ante la DNDA. Respecto al hardware puede acudir ante la SIC para registrar una posible patente de invención o un esquema de trazado de circuito integrado, según sea el caso. Para mayor información puede comunicarse a nuestra línea 7868220 y solicitar una asesoría jurídica gratuita.
@user-yk1kx4om1v11 ай бұрын
se deben adjuntar los 3 documentos o se puede solo adjuntar el programa de computador y el material auxiliar ?
@DERECHODEAUTORCOL10 ай бұрын
Reciba un cordial saludo desde la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En atención a su solicitud de información, sobre registro de soporte lógico “¿se deben adjuntar los 3 documentos o se puede solo adjuntar el programa de computador y el material auxiliar?” Brindando claridad a su solicitud, no es imprescindible a la hora de solicitar el registro de obra de soporte lógico, marcar las tres opciones de la casilla numero 4:“ ELEMENTOS DEL SOPORTE LÓGICO (SOFTWARE) APORTADOS”, del formulario de solicitud de registro de obra, dado que la norma establece que en esta categoría se comprenden uno o varios de los elementos, a saber:(PROGRAMA DE COMPUTADOR,DESCRIPCION DE PROGRAMA Y MATERIAL AUXILIAR) por lo cual, no es restrictivo u obligatorio su diligenciamiento y aporte, si su solicitud versa únicamente sobre el programa de computador, y el material auxiliar, o los tres elementos que se comprenden del soporte lógico, deberán cumplir con lo estipulado con la normativa, Decreto 1360 de 1989, de la siguiente manera: ¿Qué es un soporte lógico? DECRETO 1360 DE 1989: Artículo 2° El soporte lógico (software) comprende uno o varios de los siguientes elementos: el programa de computador, la descripción de programa y el material auxiliar. ¿Cuáles son los elementos que componen el soporte lógico? Artículo 3° Para los efectos del artículo anterior se entiende por: a) "Programa de computador": La expresión de un conjunto organizado de instrucciones, en lenguaje natural o codificado, independientemente del medio en que se encuentre almacenado, cuyo fin es el de hacer que una máquina capaz de procesar información indique, realice u obtenga una función, una tarea o un resultado específico. b) "Descripción de Programa: Una presentación completa de procedimientos en forma idónea, lo suficientemente detallada para determinar un conjunto de instrucciones que constituya el programa de computador correspondiente. c) "Material auxiliar": Todo material, distinto de un programa de computador o de una descripción de programa, creado para facilitar su comprensión o aplicación, como por ejemplo, descripción de problemas e instrucciones para el usuario. Adjuntamos video tutorial sobre registro de obra de soporte lógico: kzbin.info/www/bejne/gXXZhZt9gcaGbaM ¡Quedamos atentos de lo que se requiera!
@user-br6yo5tw8m6 ай бұрын
Hola tengo una duda el proyecto solo es posible registrarlo si ya se termino o se puede actualizar los fuentes con el paso del tiuempo ?
@DERECHODEAUTORCOL5 ай бұрын
Hola Henry Garcia Buitrago, hemos trasladado su solicitud de información a la Oficina de Registro de la DNDA, quedando bajo el número de radicado 1-2024-14728, con el cual le puede hacer seguimiento a la respuesta a través del siguiente aplicativo: 52.247.48.139:8083/ConsultaRadicado/ Como no tenemos sus datos completos, dicha respuesta será publicada en el link de "Respuestas anónimas o sin datos de envío" con el número de radicado antes mencionado. Ver link: www.derechodeautor.gov.co:8080/respuestas-a-prqs-anonimas-o-sin-direccion-de-respuesta ¡Estamos para servirle!
@aurarociorestrepofranco47182 жыл бұрын
Buenos días. Registré el software de la empresa y deseo hacer un cambio en los autores intelectuales o, en su defecto, incluir un tercero, pero no encuentro una opción para modificar. Me podrían orientar, por favor? Muchísimas gracias.
@DERECHODEAUTORCOL2 жыл бұрын
Hola Aura, para solicitar un cambio en un registro, el trámite lo debe realizar la persona que hizo el trámite originalmente o uno de los autores de la obra. Enviando un correo electrónico a la cuenta info@derechodeautor.gov.co con el asunto "CORRECCIÓN DATOS DE REGISTRO DE OBRA" , explicando el caso y adjuntando los datos del registro ( fecha, número de tomo, libro y partida), los datos nuevos que se quieren adjuntar, en este caso ( nombre completo, copia del documento de identidad del autor). Para mayor información puede comunicarse a nuestra línea 6017868220 y solicitar una asesoría gratuita.
@jorgemal30964 жыл бұрын
Hola, desde hace un mes realicé el trámite en línea y nada de nada... 15 días hábiles no son, ¿cuánto puede tardar el proceso? El registro sale que sigue EN TRAMITE
@DERECHODEAUTORCOL4 жыл бұрын
Hola Jorge, nos disculpamos por no haberte respondido este comentario antes; por lo pronto puedes enviarnos un correo a info@derechodeautor.gov.co , para radicar tu solicitud a la dependencia correspondiente.
@jorgemal30964 жыл бұрын
@@DERECHODEAUTORCOL Hola DNDA, tardó más del mes pero se realizó el proceso, ya está todo bien. Gracias...
@DERECHODEAUTORCOL4 жыл бұрын
Gracias Jorge a ti por ser parte de nuestros ciudadanos que buscan proteger sus creaciones; quedamos muy atentos a lo que necesites.
@AndresGomez-os8tr Жыл бұрын
Cordial saludo. Tengo una duda, para el caso de un software para historias clínicas y registros médicos se realiza el mismo proceso?
@DERECHODEAUTORCOL Жыл бұрын
¡Hola te damos la bienvenida a la Dirección Nacional de Derecho de Autor! Recuerda que en el proceso de registro, no se valoran las obras por su merito o destinación, únicamente se verifica el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley para cada categoría. Así las cosas, indistintamente de la funcionalidad del software, este se podrá registrar, con el trámite enunciado en el video. Si deseas más información sobre temas de derecho de autor o derechos conexos, comunícate a través de la línea (601) 786 8220 o escribirnos al correo info@derechodeautor.gov.co.
@LatinPianoColombia2 жыл бұрын
Y su se quiere registrar un página web o un canal de KZbin con vasta trayectoria, se puede?
@DERECHODEAUTORCOL2 жыл бұрын
Muy buen día, que gusto saludarte. Te comentamos que un sitio web o canal de KZbin no está protegido por derecho de autor, sin embargo puedes registrar las obras que en estas se encuentren como videos, imágenes, música, audios entre otras creaciones. Cualquier duda que tengas puedes escribirnos al correo: info@derechodeautor.gov.co.
@oscarduvanleguizamo87393 жыл бұрын
Buenas tardes, tengo la siguiente pregunta: he realizado un aplicativo en la plataforma excel. Quisiera saber si el aplicativo se puede registar
@DERECHODEAUTORCOL3 жыл бұрын
Hola Oscar, puedes registrar tu obra en la categoría de "Software". Para más información puedes comunicarte con nosotros a través de la línea 7868220 en horario continuo de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5 p.m.
@oscarduvanleguizamo87393 жыл бұрын
@@DERECHODEAUTORCOLme comunique con ustedes, espuse el caso y me dijeron que no (fui muy claro en decir que hice un aplicativo que corre/funciona utilizando Excel: que si cabía la posibilidad de que ese desarrollo/aplicativo se registrará), según la respuesta dada por acá, da a entender otra cosa. Podrían aclarar al respecto.. Muchas gracias
@oldivierhurtadocorrea92034 жыл бұрын
BUENAS NOCHES PUEDO REGISTRAR EL SOFTWARE AHORA Y EN EL FUTURO CEDER LOS DERECHOS A UN TERCERO, GRACIAS
@juansebastiangarciasalazar55653 жыл бұрын
Claaaaaro se puede
@yennycarranza6392 жыл бұрын
hola buen día, donde puedo consultar si el nombre que le quiero dar a mi software ya esta registrado?
@DERECHODEAUTORCOL2 жыл бұрын
Muy buena tarde Yanny Carranza, que gusto saludarte. Respondiendo tu solicitud te comentamos que los nombres de los softwares y en general, de las obras, no son objeto de registro, esto quiere decir, que dos obras pueden tener el mismo nombre sin que esto constituya una vulneración a los derechos de autor. Ahora bien, si tu intención es registrar un nombre como marca, deberás tener en cuenta que en Colombia la entidad competente para la protección y registro de la propiedad industrial es la Superintendencia de Industria y Comercio. En caso de requerir más información, no dudes en comunicarte con nosotros llamando al número 6017868220 de Bogotá D.C., en el horario de atención al público de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. o en nuestra página de Web www.derechodeautor.gov.co. El servicio que presta la entidad es completamente gratuito. Finalmente, se te informa que la Dirección Nacional de Derecho de Autor está facultada para atender consultas jurídicas efectuadas por la ciudadanía en general, acerca de temas relacionados con Derecho de Autor y Derechos Conexos; no obstante, carece de competencia para emitir pronunciamientos o conceptos que definan casos o situaciones particulares.
@lorenataborda72522 жыл бұрын
Buen día, ¿Cuáles son las razones por las que un registro de software no pasaría el proceso?
@DERECHODEAUTORCOL Жыл бұрын
¡Hola Lorena bienvenida a la Dirección Nacional de Derecho de Autor! Iniciamos por mencionarle que el trámite de registro está sujeto al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993 y el Decreto 1066 de 2015. Cuando se presenta una solicitud de registro ya sea de forma virtual o física, el cumplimiento de estos requisitos es verificado por la Oficina de Registro de la DNDA. En caso de que una solicitud no cumpla con los requisitos necesarios, la Oficina de Registro notificará al solicitante vía correo electrónico, informando los motivos que impidieron el registro. Si deseas más información sobre temas de derecho de autor o derechos conexos, comunícate a través de la línea (601) 786 8220 o escribirnos al correo info@derechodeautor.gov.co.
@quiencomodios17124 жыл бұрын
Hola a tod@s Cuando entro a la pagina indicada (www.derechodeautor.gov.co/) y voy a llenar el formulario de usuario nuevo, google me dice que es "Un sitio no seguro" que no debo proporcionar información personal. ¿Esto es normal? ¿Debo preocuparme de algo? ¿Podrían por favor explicarme por que pasa esto? Quedo atento a la respuesta. Muchas gracias.
@mc.manderson5 жыл бұрын
Tiene algun costo hacer el registro
@DERECHODEAUTORCOL4 жыл бұрын
Hola COLOMBIANO WR, el registro es gratuito.
@mariaballestascarreno70912 жыл бұрын
Buenos Dias , este proceso tiene costo ?
@DERECHODEAUTORCOL2 жыл бұрын
Muy buen día María Ballestas, Te comentamos que el proceso es completamente gratuito. ¡Cualquier duda que tengas recuerda que estamos para servirte!
@claudiasierrah2 жыл бұрын
Buenas tardes, como se hace para sacar el derecho de autor de un archivo elaborado en excel? Se puede?
@DERECHODEAUTORCOL2 жыл бұрын
¡Muy buuen día Claudia Sierra, que gusto saludarte! Te comentamos que el objeto de protección del derecho de autor, son las obras literarias, artísticas y científicas que gocen de originalidad y sean reproducibles por cualquier medio conocido o por conocer; si su creación intelectual cumple los requisitos para ser una obra, ésta estará protegida por el derecho de autor desde el momento mismo de su creación, sin importar, en que formato haya sido realizada (archivo Excel). Recordando que el registro tiene un carácter declarativo y es voluntario, si desea realizar el registro de su obra la invitamos a realizarlo a través de www.registroenlinea.gov.co ¡Quedamos atentos y agradecidos con tu respuesta!
@elydaniels23873 жыл бұрын
Saludos, podrían, subir un tutorial, donde explique, como registrar, fonograma, canción por canción.,?, gracias saludos y si se puede registrar, desde un celular.?
@josegregoriovillafernandez324 жыл бұрын
La página no funciona.
@codigosmontoya18192 жыл бұрын
SA LU DOS DE JO A CIN MON TO YA, IN BEN TOR DE ES CRI TU RA GLO BAL...
@warheadwarfare5 жыл бұрын
No funciona el sitio!
@jorgemal30964 жыл бұрын
X2
@ctorrescamacho4 жыл бұрын
la pagina no sirve.
@ctorrescamacho4 жыл бұрын
Bueno luego de un rato me di cuenta que no tiene SSL
@DERECHODEAUTORCOL4 жыл бұрын
Hola Cristian, queremos disculparnos contigo ya que durante este periodo del año estuvimos realizando unas modificaciones a nuestra página web; agradecemos tu comentario y te informamos que en este momento ya puedes hacer uso del registro de obras: www.registroenlinea.gov.co/portal.htm y de nuestro portal web: derechodeautor.gov.co/. Por cierto con respecto a lo de SSL, estamos en proceso de realizar una mejora tecnológica a nuestras plataformas web.