El caso presenta una grave vulneración de los derechos humanos; el derecho a la vida, la integridad personal, la protección de la honra y la dignidad, así como el derecho a la educación de la víctima, Paula del Rosario Guzmán Álvarez. Sumado a ello, se evidencia la negligencia del ente estatal y la exigencia de medidas para prevenir la violencia sexual en entornos educativos, un espacio que se supone debe ser seguro y protector para todos los estudiantes. Considero que las reparaciones fijadas por la CIDH son pertinentes para mitigar el daño acontecido, pues la justicia no solo implica castigar al culpable, sino también reparar el daño con medidas como tratamiento psicológico y psiquiátrico para la madre y la hermana de la víctima, así como el reconocimiento póstumo del grado de bachiller para Paula. Sin dejar de lado que el Estado debe reconocer la responsabilidad internacionalmente como seguir los lineamientos respectivos, adopción de políticas y acciones concretas orientadas a la sensibilización, la capacitación del personal educativo y la promoción de una buena convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa.