Buen vídeo, aunque me gustaría puntualizar un detalle que considero comúnmente erróneo. En el primer asiento, no sería correcto utilizar las cuentas 520 y 170 para reclasificar directamente la parte a corto y largo plazo. Pensemos que el mayor de la cuenta 520 terminará con saldo 0 al devolver todo el préstamo, pero en cambio en el mayor de la 170 se reflejará una cantidad menor al préstamo solicitado. Es decir, se refleja un cargo de 50000€ en la cuenta 572 y un abono de 40675,93€ en la cuenta 170. Contablemente, lo que me transmite es que esa diferencia de 9324,07€ "nunca ha existido". Por tanto, lo que considero más correcto es, en el primer asiento, cargar 50000€ a la cuenta 572 y abonar la misma cantidad solo a la cuenta 170, y justo después se realizar otro asiento reclasificando la parte de la deuda de largo a corto plazo, es decir, cargar 9324,07€ a la cuenta 170 y abonarlo a la cuenta 520.
@pablomartinytb9 ай бұрын
Hola, sí, entiendo lo que dices. La cuenta 520 acabará reflejando 50000€ al finalizar el préstamo, pero por la cuenta 170 no han llegado a contabilizarse los 50.000€ si no 40.675,93€. Entonces ocurre algo similar a las facturas, que la totalidad del importe debe pasar por su correspondiente cuenta de proveedor o cliente, porque entiendo entonces con lo que me dices que, a la hora de consultar el estado del préstamo será a la cuenta 170 en la que lo consultemos. Pues muchas gracias por tu corrección, la verdad es que no había llegado a plantear esto. Normalmente a nivel académico se enseña (mal) así, y sin duda te dará la puntuación en el examen, pero veo más útil este aporte, ya que la finalidad de la formación es hacerlo bien en el trabajo 😂 Muchas gracias por comentar, un saludo!
@Arnau14 ай бұрын
Hay algún video de compras y ventas en moneda extranjera?
@cynthiamendoza90247 ай бұрын
Hola, me encantan tus vídeos, aprendo mucho, pero no encuentro vídeos con póliza de créditos.
@evadelgado81888 ай бұрын
Hola, una pregunta em el caso del que el prestamos haya sido concedido.el 01.05. Como se reclasificaría??
@pablomartinytb8 ай бұрын
Hola Eva, no cambiaría la reclasificación en ese caso. Porque la reclasificación la realizamos para que una deuda futura a largo plazo pase a ser corto plazo. Empecemos cuando empecemos el préstamo, el año siguiente se deberá pagar una cuota, por tanto esa cuota que estará dentro de la cuenta 170 se deberá pasar a la cuenta 520 antes de terminar el año en curso. Creo que estabas pensando en la periodificación de gastos, por los intereses que se pagan en cada cuota del préstamo, pero en el préstamo (debido a que es postpagable, es decir, se paga llegada el vencimiento de la cuota) no procede contabilizar periodificación. Espero que te sea de ayuda, un saludo Eva.