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Los contratos reales en el derecho romano eran acuerdos que se perfeccionaban con la entrega de una cosa (res). Incluían:
Mutuo: Préstamo de consumo, donde se devolvía la misma cantidad de bienes fungibles.
Comodato: Préstamo de uso gratuito de bienes no fungibles, que debían ser devueltos.
Depósito: Custodia de una cosa con obligación de devolverla.
Prenda (Pignus): Entrega de una cosa como garantía de una deuda.
Estos contratos se basaban en la entrega de la cosa y estaban protegidos por el derecho romano.
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