Disculpar el audio, no se oye como a mí me gustaría. En próximos vídeos estará solucionado.
@davidparedes57442 жыл бұрын
Me gusta mucho tu contenido , como siempre información detallada y contrastada un saludo sigue así!
@coperlorente65692 жыл бұрын
Mucha gracias David! Mensajes como el tuyo se agradecen. Un saludo
@gamercanariocc64872 жыл бұрын
Que sanciones hay actualmente para los que nunca hemos declarado nada ?!
@coperlorente65692 жыл бұрын
Buenas tardes, Las sanciones son de el 50% al 150% de lo que has dejado de ingresar. Las sanciones se aplican si hacienda te realiza la complementaria de la renta. Siempre tienes la posibilidad de realizar tu la complementaria de renta antes de que hacienda requiera. Aquí no te pueden aplicar sanción aunque si recargo de hasta un 20% de lo que has dejado de ingresar. Lo ejercicios no prescritos son los últimos 4 años, tendrías que regularizar las rentas de esos año si están mal hechas. Y por último, puede ocurrir que hacienda nunca se entere de las transacciones que has hecho estos últimos 4 años en Criptos y nunca te regularicen.
@japontv11582 жыл бұрын
Los exchanges descentralizados (DEX) ¿Se consideran España o extranjero? ¿Los NFT no cuentan como "criptomonedas" verdad a estos efectos?
@coperlorente65692 жыл бұрын
Pues depende de donde se ubique su domicilio fiscal y social. Los NFTs a efectos fiscales en IRPF tienen un efecto idéntico a las criptos en compraventas y permutas.
@japontv11582 жыл бұрын
@@coperlorente6569 Buenas noches, gracias por su respuesta. Lo del DEX lo decía porque al ser descentralizado "no está en ningún sitio" en específico, no se si al tener yo las claves privadas se consideraría español. Y lo de los NFT no me refiero al IRPF sino al tema que trata usted en el vídeo de los 50.000 euros en el extranjero porque esa ley habla de tener 50.000 euros en el extranjero para lo del modelo 721 (lo que entra en vigor ahora en 2023) pero no se si el NFT contabiliza también al no ser una criptomoneda y no especificarse en dicha ley. Gracias.
@coperlorente65692 жыл бұрын
@@japontv1158 sinceramente desconozco cómo funcionan las exchange descentralizadas, yo no he operado en ellas. Desde el desconocimiento pienso que también son entidades que permiten a través de su plataforma hacer intercambio a sus clientes pero con comisiones más bajas y quizás con menos exigencias de identidad de dichos clientes, pero que cobran comisiones igualmente por cada transacción. Por tanto, tienen que estar ubicadas el algún sitio. Ahora bien, de cara al modelo 721 lo que tienes que declarar el valor de tus criptomonedas a 31/12 que tengas almacenadas en el extranjero y seguramente en billeteros fríos, por tanto, si tienes almacenado a esa fecha criptomonedas en exchange descentralizadas yo las declararía Con respecto a los NFT, de cara al modelo 721, todavía no ha salido el reglamento de este nuevo modelo, pero en principio no se va a tener que declarar salvo cambios de última hora.
@ANT986112 жыл бұрын
Buenas. Entonces entiendo que si no se ha invertido esa cantidad, o el valor actual de las cryptos no llega a los 50000 euros no hay que declararlas? Y si en el año 2021 hemos tenido pérdidas aunque no lleguemos a los 50000 se puede declarar como pérdida este año para que cuente en los 4 años siguientes? Saludos y muchas gracias
@coperlorente65692 жыл бұрын
Buenas Antonio, Gracias por tu comentario. Pero cuidado, porque no lo has entendido bien o yo no he sabido explicarme. Lo de los 50.000 euros es el mínimo para declarar en el modelo informativo 721 en caso de tener ese saldo en Criptos adquiridos en el extranjero. Esto es presuntamente porque el modelo se aprobará en 2023 para informar sobre los saldos a 31/12 de 2022 y todavía no se sabe con seguridad si tendrá ese mínimo de 50.000 euros. Dicho esto, nada tiene que ver estos 50.000 euros para declarar en el modelo 721 con tu obligación en declarar en la renta. Con respecto a tu renta, a la mínima que hagas una compraventa o una permuta ya estarás obligado hacerla y declarar tus transacciones con Criptos. Por tanto, si has tenido pérdidas como indicas en tu comentario estás obligado a declararlas en tu renta.
2 жыл бұрын
Hola , los primero felicitarte por el contenido esta muy bien explicado, los segundo una duda que tengo A finales de diciembre me gane en un concurso 30 USDC, VALORADOS EN 26.61 ERUOS Y LOS INTERCAMBIE POR 22 ADAS, VALORADAS EN 26,48 EL PRECIO DE EL USDC ERA DE 0.89 EUROS, CUANDO LO GANE, Y EL DEL ADA CUANDO LO COMPRE ERA DE 1.18, ¿COMO TENGRO QUE DECLARAR COMO VALAOR DE TRANSMISION? QUE TENGO QUE MULTIPLICAR LOS 30 USDC X 1.18 o el valor de las 22 ADA en el momento de la compra 26, 48 Muchas Gracias de antemano
@coperlorente65692 жыл бұрын
Buenas Eladio, En primer lugar gracias por tu comentario. Respondiendo a tu pregunta, dos cosas: 1.- En primer lugar, por ganar en un concurso 30 USDC VALORADOS EN 26,61€ tendrás que declararlo en tu renta como Ganancia Patrimonial que NO DERIVA de transmisiones. Igual que si ganas en un concurso de televisión X,XX€. Esta ganancia tributa en la Base Imponible General. 2.- Con respecto a la permuta entre USDC por ADAS tendras como valor de adqusición 26,61€, y como valor de transmisión el mayor entre valor de mercado del bien entregado (USDC) EN EL MOMENTO DEL INTERCAMBIO y el valor de mercado del bien recibido (ADAS) EN EL MOMENTO DEL INTERCAMBIO. Esto quiere decir, la cotización de las monedas que tenían en ese momento.