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🎬#ETLGLOBALEntertainment | El artículo 39.7 de la Ley de Impuesto sobre Sociedades establece un interesante beneficio fiscal en favor de cualquier empresa o empresario que apoye a las producciones audiovisuales y espectáculos en vivo de Artes Escénicas. Es decir, el empresario inversor obtiene una rentabilidad mínima garantizada del 20 % de la cantidad invertida sin incurrir en ningún riesgo empresarial.
Esto sucede porque las empresas productoras/promotoras de producciones audiovisuales y espectáculos en vivo de Artes Escénicas pueden aplicar en su liquidación de impuestos esas deducciones recogidas en la normativa y que año tras año son revisadas al alza para facilitar ese tipo de actividades.
Desde ETL GLOBAL España, hemos creado una unidad especializada en deducciones fiscales en el sector artístico.
📹 Descubre de la mano de Carlos Nistal, socio de ETL Nexum, firma miembro de ETL GLOBAL España, todo lo que debes saber sobre los beneficios fiscales en el sector artístico.
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