Estados de Excepción - Artículos 212 a 215 de la Constitución Política

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Ocampo Law Firm

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Күн бұрын

Пікірлер: 19
@mariajosemorarojas3441
@mariajosemorarojas3441 Жыл бұрын
Necesito una gran ayuda, quien y en que casos se declara el estado de excepción, quien es en que artículo esta definido?
@claudiapatricia1499
@claudiapatricia1499 3 жыл бұрын
Buenas noches...Tengo una pregunta ¿porque el Decreto que declaró el Estado de emergencia económica, social y ecológica previsto en el art 215 de la C.N de 1991 es pasible de control judicial a través del medio de control de nulidad por inconstitucionalidad?
@carolinamesa1816
@carolinamesa1816 2 жыл бұрын
Me pueden ayudar porfavor con esta pregunta? De acuerdo con los articulos 212 y 215 durante los estados de excepción el ejecutivo puede emitirdecretos con fuerza de ley u ordenar aprehensiones preventivas. segun esto, se puede afirmar que durante el estado de excepción en colombia se alteraria la distribucion del pode publico. Y porque? Le agradeceria mucho
@OcampoLawFirm
@OcampoLawFirm 2 жыл бұрын
Carolina Mesa, gracias por ver nuestros videos. Es de suyo que los estados de excepción se expidan como respuesta a situación que alteran el orden público, sea que se genere con ocasión de guerra exterior, conmoción interior o como emergencia económica, social o ecológica.
@carloscastellanos8997
@carloscastellanos8997 2 жыл бұрын
quisiera que me diera una manita con respecto a esta pregunta que sale en las pruebas ICFES El estado de excepción es una medida temporal consignada en la Constitución política de Colombia, a la cual el presidente puede acudir cuando algún hecho amenaza la estabilidad del Estado. En caso de grave perturbación del orden público, el presidente tendrá la facultad de, por ejemplo, restringir la celebración de reuniones y manifestaciones públicas; ordenar la aprehensión preventiva de personas; modificar el presupuesto; aumentar y reducir penas; modificar el procedimiento penal y decretar leyes para atender el problema, las cuales serán evaluadas por la Corte Constitucional. A partir de la anterior definición, se puede afirmar que durante el estado de excepción en Colombia se alteraría la distribución del poder público, porque A. no es posible modificar el presupuesto del país, porque los recursos públicos se adjudican previamente. B. la Rama Ejecutiva debe ser la única encargada de restringir las manifestaciones públicas y los desórdenes causados por estas. C. la Rama Judicial debe ser la única encargada de ordenar el arresto de personas por medio de una orden judicial. D. el presidente podría proponer leyes cuando, de manera ordinaria, la Rama Legislativa es la única que puede hacer esto. Según un cuadernillo que se puede descargar la respuesta correcta es la C, pero me quede sin palabras. y me deja con muchas dudas. puede usted ayudarme.
@lorenarivera1861
@lorenarivera1861 3 жыл бұрын
Hola, ¿¿Si el Estado colombiano entra en un estado de excepción como el de guerra exterior, se suspenden los impuestos,
@lorenarivera1861
@lorenarivera1861 3 жыл бұрын
?
@maurovaca7539
@maurovaca7539 4 жыл бұрын
Buenas tardes, una pregunta en un estado de excepción, es legal emitir una citación por Contravencion de tránsito, por mal estacionamiento, tomando en cuenta que tengo un salvoconducto???
@OcampoLawFirm
@OcampoLawFirm 4 жыл бұрын
Mauro Vaca, gracias por ver nuestros videos. Te invitamos a difundirlos. Sí es legal, porque el estado de excepción no desaparece las leyes y normas que se han expedido en condiciones ordinarias. Mientras estamos en el estado extraordinario viven, de manera concomitante, las disposiciones normativas ordinarias y las extraordinarias, salvo que se hayan suprimido o suspendido algunas de ellas por las normas de excepción.
@isabellaa8285
@isabellaa8285 4 жыл бұрын
Tengo dos preguntas, sería de gran ayuda que me las puedas solucionar, mil gracias 1.¿Qué clase de decretos puede dictar el Gobierno en esas circunstancias? 2. ¿En qué caso de alguno de estos estados puede el Gobierno tomar decisiones sobre impuestos? ¿Cuál estado? ¿Cuáles decisiones?
@OcampoLawFirm
@OcampoLawFirm 4 жыл бұрын
Isabella AB, gracias por ver nuestros videos. A la pregunta 1. Dicta decretos con fuerza material de ley, los cuales tienen control automático por parte de la Corte Constitucional. A la pregunta 2. En el estado excepcional de emergencia económica, social y ecológica. Inclusive, una vez conjurada la situación pueden quedar, luego de debate congresional, como permanentes las medidas que se hayan tomado como transitorias. Para mayor precisión puedes revisar los artículos 212 a 215 de la Constitución Política de Colombia.
@isabellaa8285
@isabellaa8285 4 жыл бұрын
@@OcampoLawFirm Muchísimas gracias. Excelente información!
@maryorilozanoramirez506
@maryorilozanoramirez506 4 жыл бұрын
Excelente
@OcampoLawFirm
@OcampoLawFirm 4 жыл бұрын
Maryori Lozano Ramirez, gracias por ver nuestros videos. Te invitamos a difundirlos.
@gloriamaryvelezagudelo8020
@gloriamaryvelezagudelo8020 2 жыл бұрын
Hora de que el Presidente decrete un Estado de excepción, ante la amenaza inminente a la democracia
@antinatalismoradicalreturn6973
@antinatalismoradicalreturn6973 4 жыл бұрын
Ya pasaron los 90 dias del estado de emergencia por la pandemia. Si vuelven a meternos en cuarentena seria inconstitucional?. Como podemos demandar a este estado que actua como dictadura?...
@OcampoLawFirm
@OcampoLawFirm 4 жыл бұрын
Gracias por ver nuestros videos. Te invitamos a compartirlos. En mi criterio, y sujetos al artículo 215 constitucional, no se puede volver a decretar un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica debido a que la mencionada disposición claramente expone que los 90 días (sumados) son en el año calendario. Esto es, que un nuevo Estado de Emergencia podría decretarse sólo para el año 2021. Aunque vale aclarar que el Consejo de Estado ha dicho que las normativas que se expiden a la luz de ese estado de excepción sí perduran largamente en el tiempo, mientras existan las condiciones que lo motivaron.
@antinatalismoradicalreturn6973
@antinatalismoradicalreturn6973 4 жыл бұрын
@@OcampoLawFirm Gracias por responder. La alcaldesa de Bogotá dijo que volverá a meter a toda Bogotá en cuarentena nuevamente por los casos del corona, lo cual para mi y sin ser abogado es inconstitucional y ella no lo puede hacer, y si lo hace, nosotros como ciudadanos como podemos defendernos?... Los noticieros desafortunadamente, no informan nada sobre este artículo y solo se dedican a exparcir el miedo mientras los negocios se van a la Quiebra.
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