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Fiscalía. No siempre prevalece criterio de Comités tecnico-jurídicos de revisión sobre el del fiscal delegado. A pesar de lo consagrado en el inciso 2 # 8 del artículo 31 del Decreto Ley 16 de Julio 15 de 2013, su criterio y posición no se imponen al del fiscal delegado cuando actúa en ejercicio de sus competencias jurisdiccionales, al estar protegido por los principios de autonomía e independencia. Corte Constitucional, sentencia C 232 de mayo 11 de 2016; Casación Penal, radicado 44728 del 29 de noviembre de 2017, M.P. Patricia Salazar Cuéllar, y 59441 de mayo 22 de 2024, M.P. Hugo Quintero Bernate
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