Magnifica exposición, muy útil y me ha aclarado dudas que tenía sobre los planes de pensiones. Gracias.
@GemmaNaranjo-ix1re5 ай бұрын
Qué bien explicado ¡gracias!
@LISTACIEGA4 ай бұрын
Hola Juan por la explicación. Tengo una duda que me gustaría consultarte. Si tengo un plan de empresa en el que aportamos empresa y trabajador, como puedo llegar al limite de los 8500€? Sino he entendido mal yo tengo que poner en la misma cuantía que la empresa, por ejemplo la empresa pone 2000 y yo pongo 2000 y despues puedo poner en ese mismo plan 1500 mas de la cantidad general que te puedes desgravar en un plan de pensiones? Es correcto este ejemplo? Muchas gracias
@antoniosanchez50934 ай бұрын
En el 2025 se pueden rescatar las participaciones de mas de 10 años de antigüedad. ¿Las participaciones anteriores al 2007 que rescatemos valiéndonos de esta opción mantienen la bonificación del 40%? Gracias
@xitorres10 ай бұрын
Gracias por tus vídeos. Una duda. Cada vez escucho más sobre la posibilidad de que el gobierno nacionalice los planes de pensiones privados una vez se hagan insostenibles los públicos, cuando Europa deje de compramos la deuda. Esto sería posible? Podrían estar más seguras nuestras jubilaciones en fondos indexados que en planes de pensiones? Gracias.
@juandiaz_diazro10 ай бұрын
Hola! Me parece una idea descabellada, además de malintencionada. Los Fondos de Pensiones y los Fondos de Inversión tienen la misma estructura financiera. Los participes adquieren unos Activos (Acciones, Bonos, Letras de Tesoro, etc) que se depositan en una Entidad Financiera y todos los días se publica el valor de participación que consiste en dividir todos los activos entre los participantes. Es decir, todos los días conocemos el valor de nuestra inversión. Dicho esto, cómo puede entenderse que el gobierno pueda expropiar unos bienes que están a mi nombre y que además de estar regulados por la CNMV o la Dirección de Seguros, puedo vender mis participaciones de los FI cuando quiera y el caso de los PP cuando cumple el tiempo para rescatar. En cuanto a lo de pasar a fondos indexados, en vez de a Planes de Pensiones, ya he comentado que ambos tienen la misma estructura financiera. La únicas diferencias entre FI y PP son la liquidez y la fiscalidad. Los FI los puedo rescatar cuando quiera, mientras que los PP solo los puedo rescatar cuando me jubile. Por otra parte, los PP tienen ventajas fiscales y los FI, no. Saludos
@marijo54036 ай бұрын
Quería preguntarle y si el plan de pensiones pasara en parte a los beneficiarios, cómo les tributaria al rescatarlo igual que para nosotros, en los mismos porcentajes? Podrían rescatarlo también en forma de renta o tendría que ser en forma de capital único? Podrían ellos seguir adelante con el PP? Ojala me lo pudiera aclarar no he visto ninguna respuesta al respecto, muchas gracias.
@xescolin10 ай бұрын
sensacional video Juan, sin embargo me asaltan una serie de dudas que creo que no comentas. 1ra.duda: supongamos que tengo dos planes de pensiones en dos bancos, cuando me jubile ¿tengo que rescatarlos los dos a la vez si decido cobrarlos en forma de renta o puedo hacerlo en años diferentes? 2da.duda: Supongamos que tengo dos planes de pensiones y uno decido cobrarlo en forma de renta al jubilarme y en el otro sigo aportando cinco años más ¿puedo rescatar éste último al cabo de seis o siete años en forma de renta en concepto de jubilación? Saludos y gracias.
@juandiaz_diazro10 ай бұрын
Hola! Hay muchas flexibilidad para traspasar entre PP o a PP de otra Entidad. Considero que lo más operativo para cuando hagas el primer rescate, es que juntes los dos PP en uno y que rescates del PP conjunto. Esto es muy importante cuando vas a rescatar en forma de capital todas las participaciones bonificadas al 40% (anteriores al 31/12/2006). Si por el contrario, decides rescatar en forma de Renta, puedes hacerlo de la forma en qué quieras, no hay limitaciones. Lo que sí te puede ocurrir es que si ya has comenzado a rescatar en uno de los PP, si sigues aportando a cualquiera de los dos, las aportaciones que hayas hecho después del rescate, yo no podrás recuperarlas tú, las rescatarán tus beneficiarios. En cualquier caso, veo un contrasentido fiscal que estés rescatando y aportando a la vez. Por eso, en los videos que tengo publicados en mi canal sobre los PP, soy partidario de rescatar todas las participaciones bonificadas al 40% y no rescatar en forma de renta hasta que no me haga falta y no tenga otros ahorros a los que echar mano ante una contingencia. Por otra parte, veo muy conveniente fiscalmente hablando que sigas aportando a tus PP aunque estés jubilado. No sé si me he explicado bién. El tema es complejo. Si te quedan dudas, contacta conmigo y trato de aclarar conceptos, dejando claro que comprendo que cada uno puede tener circunstancias personales o familiares que hagan que rescate su PP de la forma que mejor le venga. Un saludo!