Tremendos sus videos! un verdadero lujo tenerlo como docente! Realmente las posturas criticas reflexivas son las que enriquecen el contenido, en todos los aspectos presentados al fin. Sin duda en materia legislativa queda mucho por dilucidar referente a los agregados (leyes) que terminan convirtiendo lo claro en oscuro, pensar en los motivos que cuestionan a la materia, en este caso puntual la penal, provocando tormentas normativas en clara postura demagógica que ensombrecen el panorama. Saludos cordiales de su alumno
@gonzalojaviermolina2503 Жыл бұрын
Gracias por el comentario, Marcelo
@debijofre15964 жыл бұрын
Un genio total, explicaciones concretas muy importantes y con ejemplos
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Muchas gracias por los comentarios!!
@jaelabigailrosas7730 Жыл бұрын
Excelente, gracias.
@hectorscholles84889 ай бұрын
Excelente profesor
@emelicoman46224 жыл бұрын
Muchas gracias doc, al fin entendí el inc 6, gracias por cada ejemplo
@miqueasdemaria97874 жыл бұрын
Muchas gracias por las explicaciones, muy utiles!.
@PawMendi4 жыл бұрын
Gracias Dr! Muy buenos sus videos, me despejaron muchas dudas.
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Gracias a ti
@armandosantossanchez15684 жыл бұрын
*Dr gonzalo Molina exquisita exposición!!!* Podría explicar el delito contra la libertad, el delito contra la propiedad, el delito contra el estado civil. Por favor
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Gracias por los comentarios. Seguiremos agregando temas, tratando de completar Parte Especial y Parte General
@hernangimenez14324 жыл бұрын
excelente explicación. muy util
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Gracias por sus comentarios
@sailormoon4354 жыл бұрын
Gracias gracias gracias
@aixasoledadgancio4 жыл бұрын
Y qué pasa con el policía que abusa de sus funciones, haciendo alusión al inc. 9. respecto por ejemplo de Chocobar ¿ahí que pasa? Hubo exceso de legítima defensa, ¿por dañar el bien jurídico más protegido como es la vida?
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
No conozco los detalles del caso que mencionas, sólo lo que muestran algunos medios de prensa. Pero no podría opinar con esos datos. Para opinar habría que ver los elementos de prueba del expediente. Pero vos podrías plantear un caso hipotético para pensar en los problemas puntuales de las figuras penales en discusión.
@manuelramirez77356 ай бұрын
He escuchado tus videos y son exelentes .... pero amigo tienes un problema de sonido
@sarabethelgodoy4166 Жыл бұрын
Buenas tardes! Le consulto porque me hace ruido justamente el caso que menciona como se resuelve en definitiva el ejemplo en el que el autor utiliza como medio para producir el resultado el art 80 inc 5 y el 186 inc 5??
@gonzalojaviermolina2503 Жыл бұрын
Sara: el tema es muy complejo, ya que con el concepto de dolo que maneja la dogmática penal en la actualidad, el límite entre estas figuras se hace muy difícil de establecer. Hay una explicación de las diferentes posturas en mi manual de Derecho Penal, Parte especial a partir de la pág. 633.
@Luca_nicolas Жыл бұрын
Buenas profe, entiendo yo que el inc 8 no están incluidos los militares o las personas pertenecientes al ejercito. Pero me gastaría saber su opinión. Saludos
@gonzalojaviermolina2503 Жыл бұрын
Nicolás: no estarían incluidos los militares o personas del ejército.
@brisarivera11183 жыл бұрын
Dr. no habla acerca del último párrafo del art.80?
@gonzalojaviermolina25033 жыл бұрын
Creo que estaba en la 1ra parte, con el inciso 1°; porque el último párrafo sólo se refiere a ese caso.
@camicaarrizo2 жыл бұрын
Doctor muchas gracias me despejo algunas dudas! Me encuentro realizando un trabajo de investigación acerca del Art 80. Inc 9. Le consulto tendrá bibliografía para recomendarme que me sea de ayuda? Debo responder a la incógnita de si siempre subsiste el agravante. Según lo que entiendo por el texto de la norma, subsiste siempre que sea cometido por un miembro de seguridad haciendo abuso de su función o cargo, no así por el simple hecho de tener tal función/ cargo. Pero me gustaría poder leer más acerca de la sanción de la ley 25816 ya que no estoy encontrando prácticamente información. Gracias!!
@gonzalojaviermolina25032 жыл бұрын
Así es. Se aplica la agravante si se abusa de la función.
@mariajosefinapomanovo11824 жыл бұрын
Excelente!!!! Muy claro Doctor!!! Una consulta, como o de donde podria leer todos los fundamentos que Ud menciona? eso se publica en algun lugar ?
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Josefina: hay un libro de mi autoría que se llama "Delitos contra las personas". Editorial Contexto, 2017. En ese libro estaría todo lo referido a los delitos entre el art. 79 y 108.
@mariajosefinapomanovo11824 жыл бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 Muchisimas Gracias!! ya voy a buscarlo! Saludos desde Salta!
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
@@mariajosefinapomanovo1182 Muchas gracias!
@macarenabarreto33603 жыл бұрын
excelente video! estoy haciendo un trabajo para la facultad sobre el inciso 11 de este artículo, pero tengo una duda: que sucede en el caso de que un hombre mate a una persona(biológicamente hombre) pero autopercibido como mujer? en ese caso configura como violencia de género? muchas gracias!!
@gonzalojaviermolina25033 жыл бұрын
Macarena: para que sea un supuesto del inciso 11 es necesario que se configuren los elementos de la agravante. No basta con que el autor sea un hombre y la víctima una mujer o persona autopercibida como mujer.
@macarenabarreto33603 жыл бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias!!!
@eclipsa59064 жыл бұрын
El homicidio agravado en lo que respecta al odio por religión también podría incluir a "una secta" determinada? Esto podría aprobarse en algún tipo de fuente que no sea la mera interpretación? Gracias.
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Haciendo una interpretación estricta, parecería que sólo comprende el odio a una religión. Lo contrario podría ser cuestionado por el principio de legalidad. Sí puede ser cuestionable desde una perspectiva político-criminal que no estén comprendidos. En el anteproyecto de código penal 2013 se hablaba de odio (en general) como agravante del homicidio.
@eclipsa59064 жыл бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 gracias 🙋🏻♀️
@hugofernandez45864 жыл бұрын
la interpretación del concepto de violencia de genero de la ley 26485 art 4 no resulta una interpretación analogica in malam parte? debido a que dicho articulado refiere a la violencia contra las mujeres y no al concepto de violencia de genero, gracias saludos dc
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Hugo: es un elemento normativo. El mismo legislador ha definido lo que debe entenderse por violencia de género en la mencionada ley. No es una interpretación analógica.