Рет қаралды 3,649
#ReformaFiscal2022
#ComplianceFiscal
A partir de 2022 todas las personas morales tienen la obligación de identificar a sus beneficiarios controladores y mantener la información disponible para cuando la requiera el SAT.
El incumplimiento de esta obligación se sanciona con multas mínimas de $1,500,000.00
Por lo que es importante conocer en qué consiste la obligación y cómo dar cumplimiento.
Los notarios y corredores públicos también deben identificar a los beneficiarios controladores de todas las personas morales y fideicomisos en cuya constitución intervengan.
Por cierto, esta obligación es muy diferente a la prevista en la LFPIORPI. Las actividades vulnerables deben solicitar a sus clientes información acerca del conocimiento de la existencia del dueño beneficiario o beneficiario controlador.
En materia fiscal, cada persona moral debe identificar a su propio beneficiario controlador.