Hola, veo que este contenido es antiguo pero igual me gustaría dejar la pregunta. Los bienes producidos dentro de la zona franca a base de insumos importados se deben gravar con IGV al momento de venderlo a clientes en el territorio nacional? De ser el caso en nuestra contabilidad tendríamos compromiso de declarar el IGV de venta sin contar con crédito fiscal, cierto? Agradeceré mucho la aclaración.