En la última diapositiva de este vídeo, relativa a la modificación de la base imponible debe tenerse en cuenta que la rectificación debe realizarse en los seis meses siguientes (no tres, como se dice en la diapositiva, que no está actualizada). Por otra parte, si el destinatario no actúa en condición de empresario o profesional se requiere que la base imponible de la operación, IVA excluido, sea superior a 50 euros.