Muchas gracias, me sirven tus vídeos para estudiar para mi examen de grado. ❤
@elizabethdeltoro13622 жыл бұрын
Muchas gracias Lic. Por la información, saludos
@deisycastro80156 ай бұрын
Excelente!!!
@arianabastidas8742 Жыл бұрын
En relación a la oportunidad de su interposición en los juicios ejecutivos por disposicion del articulo 98 del cpc, leo “antes del pago de la obligación”. Saludos y gracias por sus videos.
@javieropalacios7760 Жыл бұрын
Hola maestro . Con mucho respeto me dirijo a ud .para el objetivo de verme en ud haciendo por mi lo ke debo de hacer ante lo sgte. Aunke el caso que pretendo dar a ud conocimiento ,no es de donde comienza mi dolor sino que ya es considerado un verdadero colmo del mismo colmo . No obstante ,ud .ke haria ante un caso (en contexto de Falta)y del cual el requirente señala. A juez de mi ,,A ke tengo antecedentes intachable..pero luego (despues del tiempo ...o bien de estar prescrita .se da semejante caso .y atendiendo el mismo juez y no ha lugar al primer rekerimiento .OSEA COMO SI NUNCA HUBO UN CASO SEMEJANTE AL 1ERO. Y NO OBSTANTE AUN EL 2DO CASO TAMBIEN PASO EL TIEMPO PARA EL REQUIRENTE ...Y SE DA UN 3ER SUPUSESTO Y TAMBIEN INFORMA KE TENGO INTACHABLE ANTECEDENES. Y TAMBIEN PASO EL TIEMPO DEL REQUIRENTE PARA PROCEDER .. EN CONCLUSION ,TRES CASOS QUE SEGUN EL LEGISLADOR PRESCRIBIERON .. AHORA BIEN SE DA UN 4TO SUPUESTO DONDE EL MOTIVO DECDETENCION NO FUE POR LO KE RESULTO SER LA AUDIENCIA ..PORKE ABREN UN TEMA KE DESPUES DE HABER PASADO UNOS 18 MESES DESDE EL PRIMER CASO MIENTRAS KE. LA PRESCRIPCION ES DE 6 meses..y sin valorar ke en cada actuacion (3casos;en todos se indico intachables ..)y en fin el punto ke me pribaron de libertad x causas prescritas .. Sobre lo dicho ..que significa ese caso para ud ..por favor
@vxleentinav4298Ай бұрын
Por dios, aprenda a escribir bien porfavor. Que su redacción no está bien.