Este hombre tiene la virtud de explicar cosas complejas de manera sencilla y comprensible para todos. Inmejorable!
@AcademiaJurispol Жыл бұрын
Muchas gracias por tu comentario. Seguiremos subiendo más videos. Un saludo
@BdeBlond Жыл бұрын
Muy buenos videos, gracias!
@AcademiaJurispol Жыл бұрын
Gracias a ti!
@robertom5399 Жыл бұрын
Muy buen video , enhorabuena
@valenciianoesp357711 ай бұрын
Buenas, a dia de hoy la detencion del menor por terrorismo es 72h+48h verdad?
@francesclopez2333Ай бұрын
Creo que es 24h de normal y 24+48 en menores terroristas o análogos.
@raulgraciagarasa15 ай бұрын
Cuando sale próxima convocatoria?
@AcademiaJurispol5 ай бұрын
Hola, estamos pendientes que se publique la nueva convocatoria. Por ahora el sorteo de la letra será la semana que viene y ya lo siguiente la convocatoria.
@javierisidroromero638710 ай бұрын
Hola, buen video aunque aún me quedan dudas de si se puede detener a alguien por un delito leve que sea flagrante, por el hecho de ser flagrante o porque nosotros no sabemos que el delito es leve en el momento de la flagrancia. Tampoco me queda claro de que se pueda detener por el simple hecho de que creamos que es un delito menos grave o grave, ya que el 495 dice que no se podrá por delitos leves pero nada dice de graves y menos graves. Por último para estar obligado a detener se deben dar 4 causas: -Motivos racionales de delito -Motivos racionales para que creamos que la persona es la responsable - Que ese delito tenga pena correccional, que actualmente es de 1 a 3 años de prisión. - Que puedas motivar un riesgo de fuga. Si no se dan esas 4 circunstancias, yo creo que no estas obligado y es donde aparece el investigado no detenedo. Corrijame si me equivoco Un saludo
@CanteJondo16 ай бұрын
Me confundo con el 496 detencion no mas de 24h bajo responsabilidad penal ya q dice q se aplica a sus articulos precedentes no al delito leve únicamente. ¿Me lo podria explicar cual es la diferencia con el 520?