LA SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA CONSTITUCIONAL - TC222

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Күн бұрын

Пікірлер: 12
@No_se_que_poner36
@No_se_que_poner36 3 жыл бұрын
Excelente, gracias por el aporte!
@TribunaConstitucional
@TribunaConstitucional 3 жыл бұрын
Muy agradecido Miss Kimberly. Cordial saludo.
@ANGELAigra
@ANGELAigra 3 жыл бұрын
Las reglas del juego, están ahí pero se contradicen, saludos y gracias doctor
@TribunaConstitucional
@TribunaConstitucional 3 жыл бұрын
Muchas gracias Angela.
@victoralexanderreyesjohn7681
@victoralexanderreyesjohn7681 3 жыл бұрын
Saludos desde Colombia, sigan así me encanta su contenido
@TribunaConstitucional
@TribunaConstitucional 3 жыл бұрын
Victor Reyes, Gracias por ser parte de esta familia jurídica Un cordial saludo hasta Colombia.
@juliaelenaludenaayquipa4845
@juliaelenaludenaayquipa4845 3 жыл бұрын
Y en un proceso civil que significa .x ejemplo si el padre tiene la tenencia de su menor hija y la mama a denunciado la tenencia habiendo ya anteriormente una conciliaccion y sale ahora en su demanda de la sra diciendo que se archive y se declare la sstraccion de la materia ..que me quiere decir eso doc
@TribunaConstitucional
@TribunaConstitucional 3 жыл бұрын
Apreciada Julia: Gracias por ser parte de "Tribuna Constitucional". No logro entender a plenitud la interrogante. Te ruego puedas esclarecer la pregunta para responder de inmediato y con el mayor gusto. Saludos cordiales...!!!
@niloordunatourguide2774
@niloordunatourguide2774 3 жыл бұрын
Este razonamiento aplicaría para los procesos de cumplimiento? Es de decir si la renuencia del demandado ha sido satisfecha antes de la sentencia.
@TribunaConstitucional
@TribunaConstitucional 3 жыл бұрын
Apreciado Nilo Orduña: La SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA es de aplicación en los procesos de Jurisdicción de la Libertad, por ende, es aplicable al Proceso de Cumplimiento si la renuencia a cumplir con el acto administrativo o mandato legal puede repetirse en otros casos. Muchas gracias por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
@BLENDER7621
@BLENDER7621 3 жыл бұрын
Gracias doc., Excelente como siempre sus ponencias. ¿Aprecia una urgencia en la dilucidacion de lo que es la incapacidad moral como causal de vacancia presidencial? dado que el tc hizo sustracción de la materia sobre ello ¿o eso ya es competencia del congreso ahora ?
@TribunaConstitucional
@TribunaConstitucional 3 жыл бұрын
Apreciado José Quiroz Flores: Efectivamente, siento una urgencia en definir esa causal de vacancia presidencial y, sobre todo, en determinados escenarios. Considero oportuno que el TC no la haya definido. Es una labor del Congreso y para cada caso en específico. Muy agradecido por ser parte de "Tribuna Constitucional"...!!!
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А я думаю что за звук такой знакомый? 😂😂😂
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