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El proceso de una multa de COFEPRIS es todo un proceso que inicia desde:
1. Una visita de verificación, en donde se pudieron haber aplicado medidas de seguridad (con autorización del superior jerárquico).
2. Dictamen de la visita de verificación, el cual es generado por un Dictaminador Sanitario de la autoridad.
3. Se notifica el dictamen al interesado, si fue algo muy grave, se le brinda un Citatorio con día y hora para presentarse a contestar
3bis. Si la autoridad indica anomalías, el interesado está obligado a contestar respecto a las correcciones o planes a implementar para eliminar o disminuir los riesgos sanitarios. En algunas ocasiones solo se tienen 5 días para contestar, los días son hábiles según la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA).
4. El dictaminador proporciona el dictamen al área de coordinación de procedimientos (legal), quienes iniciarán el proceso de generación y fundamentación de la multa. La autoridad tiene hasta 5 años previo a que prescriba el tiempo para generar una multa.
5. Las multas también son notificadas al interesado y tiene 10 días para ser notificadas o el documento se considera caduco según la LFPA.
6. El interesado al recibir una notificación puede optar para pagar la multa en la Tesorería del Estado o en la Secretaría de Hacienda, quienes son las únicas autoridades para recibir los pagos de las multas. En ningún momento podrán ser recibidas por las autoridades sanitarias (COFEPRIS o Regulación Sanitaria).
Las multas son todo un proceso, no se generan al instante y nadie puede asustarte diciendo que "te va a multar", si eso sucede, preocúpate por qué se trata de un abuso de autoridad o una extorsión.
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