Habría que revisar la legislación procesal civil. En algunos estados sí se puede llevar un juicio especial de nulidad de cosa juzgada. Básicamente se tiene que probar que existe fraude procesal o colusión entre las partes para afectar a un tercero, por lo que es muy complicado pero técnicamente es posible.
@CarlosLang10 күн бұрын
Pero es una acción diferente, se le denomina nulidad de juicio concluido, implica otro concepto diferente ya que en la modificación de cosa juzgada se reconoce la validez de la cosa juzgada pero se busca modificarse por un cambio de circunstancias, en la nulidad de juicio concluido se desconoce la validez del proceso que dio lugar a la cosa juzgada. Pero, como solución general podría aplicar (si se cumplen con los requisitos para la nulidad de juicio) Saludos!