La dación en pago: es una de las formas de extinción de una relación obligatoria. Es decir, ante la insuficiencia de satisfacer la deuda por parte del deudor a través del dinero que pagaba por la hipoteca, el mismo deudor decide entregar su vivienda (otra manera distinta al objeto de la deuda) para cumplir con la liberación del deudor. Con lo cual, satisfaces la deuda, pero te quedas sin vivienda.
@Alejandra_Gonzalez_3 жыл бұрын
Si, pero con la diferencia de que el crédito pedido (la hipoteca) tiene que ser satisfecho completamente por la traducción de dicho en inmueble en dinero. Es decir, si tienes una hipoteca de 100, pagaste ya 20 y ahora no puedes seguir pagando, te quedan 80 por pajar pero la vivienda “ahora vale” 60, por lo tanto te queda un deuda por pagar 20 aún al banco y además estás sin casa. Este es el modelo español. No engañemos. Es decir has pagado 20, te quedan por pagar otra 20 y sin casa. 40 perdidos para siempre.