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Para recordar:
Pueden presentar la solicitud de pensión de sobrevivientes las siguientes personas:
Cónyuge o compañero permanente.
Hijos menores de edad o hasta los 25 años si se encuentran estudiando.
Padres que dependan económicamente del afiliado o pensionado.
Hermanos inválidos que dependan económica del afiliado o pensionado.
Si usted perdió el derecho a la pensión de sobrevivientes por motivos de periodos no cotizados por el empleador de su cónyuge, padre o madre fallecido, debe, solicitarlos, puede demandar a esos empleadores y seguir sumándole tiempos hasta completar lo necesario y luchar con esperanza esa pensión que tanto necesita.