Fragmento del programa #YaLoDijoLaCorte en el que se analiza el Amparo Directo en Revisión 2441/2014 en relación con el derecho a la vivienda digna.
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@ivansoriano36352 жыл бұрын
Me parece que la abogada habló bastante pero no dijo nada. De qué tamaño y en qué lugar se va a colocar determinada vivienda? En qué se van a basar para dichos parámetros? Y, una cosa muy importante, quién y cómo se va a pagar todo eso? Si yo tengo ese derecho, se lo tengo que reclamar al Estado? Y me lo tiene que dar así porque sí?
@fernandosandoval7401 Жыл бұрын
Pues es lo más importante ella las formas de llegar a eso
@Compitch Жыл бұрын
La exponente pasó por alto citar dos disposiciones importantes al derecho humano a la vivienda, previstas en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.- Su artículo XI. pero, sobre todo, su artículo XXIII. Este último referido a partir del derecho a la propiedad que vincula expresa y directamente el decoro del hogar al derecho a la dignidad de la persona (art. 1° de la Constitución del país), una alusión deducible, por lo tanto, en juicio aun cuando provenga de una Declaración multilateral. "Toda persona tiene derecho a la propiedad privada correspondiente a las necesidades esenciales de una vida decorosa, que contribuya a mantener la dignidad de la persona y del hogar." Tan tan.
@erikalopezflores126511 ай бұрын
ALAN URIEL LOPEZ FLORES MEXICO LUPITA GUERRERO
@americaceug85192 жыл бұрын
*Importante el tema que se da a conocer, aunque faltó información*