¿Qué hace Poder Ciudadano?

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Fundación Poder Ciudadano

Fundación Poder Ciudadano

Күн бұрын

Пікірлер: 5
@bibilyacevedo4665
@bibilyacevedo4665 9 ай бұрын
Me encantó este video espero que salga bien
@juancruzcretton541
@juancruzcretton541 7 жыл бұрын
Genial! Excelente!
@PoderCiudadanoArgentina
@PoderCiudadanoArgentina 10 жыл бұрын
25° Aniversario de la fundación de Poder Ciudadano. En este spot te contamos nuestra historia, actividades y aportes en estos últimos 25 años trabajando por fortalecimiento de la democracia, la transparencia y la participación ciudadana. Spot Institucional Poder Ciudadano
@zoilocal
@zoilocal 5 жыл бұрын
Con mi sentido común, no hundirme en los artículos, denuncias, meterme en cuestiones legislativas, jurídicas, estatales, etc. Yo voy con el sentido común. ¿Qué te hace descubrir el sentido común? Lo ilógico que son algunas cosas que ocurren. ¿Cómo puede ser que un tipo roba una casa que es de otra persona y que si el dueño no lo encuentra abriendo la puerta y con la policía ahí, no puede recuperar su casa? Vos tenés escritura, reclamás. Te obligan a hacer un juicio, mientras tanto, el delincuente está viviendo en tu casa, nadie preserva tus bienes, que son prueba también de tu titularidad. Vos me podés decir “el juez no sabe de quién es el inmueble, no sabe quién de los dos es el dueño”, perfecto, pero ¿por qué a uno lo deja estar en la casa? Si lo primero que tiene que hacer un juez es pedir la escritura al que está en la casa! Cuánto se tarda en constatar al titular de un inmueble? Para ponerlo como garantía de un alquiler: 48 hs. En un juicio penal o civil: años. Si el dueño de una única propiedad pide tener patrocinio jurídico gratuito le dicen que no, que no puede aspirar a eso porque tiene una propiedad…usurpada, de la que no puede disponer: ni alquilar, ni vender. O sea: el sistema judicial lo reconoce como propietario para negarle tener un abogado gratis, pero no para devolverle ese inmueble. La ley valora el “ánimo” con el que el usurpador robó y permanece en el inmueble, pagando los impuestos y servicios, ...o no pagándolos. Si tiene "ánimo posesorio", esto determina que el dueño deba hacer un juicio civil específico para intentar recuperar su casa: el de reivindicación. Si hace sólo desalojo, pierde el juicio. Lo que nunca se está considerando es el hecho del robo que perpetra el okupa. Se roba un inmueble, es un ladrón, un delincuente. Permanece en el bien robado, a la espera de las infinitas dilaciones que sabe que el sistema judicial le brindará. Y cuanto más esté allí, tiene mas derechos. Para la ley, es poco menos que un “aspirante a propietario”, que, si dice querer serlo, hace mejoras en la casa o terreno, paga servicios e impuestos...en 20 años es dueño. En el código aparece el delito de usurpación. Difícil de probar, porque requiere testigos, pruebas de violencia, etc. ¿No le alcanza al sistema judicial con saber que uno tiene escritura y otro no? Los abogados sólo actúan en base a lo que está en los códigos, cuando el litigio se hunde en dilaciones y ambigüedades, no hay forma de llegar a la reivindicación. Hacia atrás encontramos dos conceptos que los jueces tienen en cuenta: la tenencia y la posesión. La tenencia está representada por la escritura, la posesión por quien está en el inmueble en esos momentos, o sea, el okupa. Llevándolo al plano macro: Argentina tienen la tenencia de las Malvinas y Gran Bretaña la posesión. Nuestro país reclama por sus derechos como propietarios de las islas, Gran Bretaña, por sus años de posesión u ocupación, con gente viviendo hace décadas allí. ¿Son legítimos nuestros derechos sobre ellas? ¿Dejaremos de reclamar alguna vez? La posesión de un inmueble en el derecho privado, genera tenencia. Como a nadie le molesta que el propietario se quede sin su casa, y menos les molesta que vaya pagando honorarios, impuestos, servicios que no usa de la propiedad usurpada, escribanos, hasta caución! para que le devuelvan su propia casa. “Yo hice el lanzamiento de dos propiedades y ahora las tengo embargadas por los propios abogados defensores. Se supone que nosotros somos la parte ganadora, y no deberíamos pagar, excepto los honorarios pactados…,pero además de los honorarios pactados, el juez regula honorarios que deberían pagar los usurpadores, y los abogados nos reclaman que se los paguemos nosotros los propietarios, en este caso, tengo la propiedad embargada, si la pongo en venta, primero tengo que levantar el embargo.” Explicación de un asesor del GCBA: “esto es porque la otra parte es insolvente, entonces los abogados saben que por más que ganen el juicio no van a poder cobrarlo. Este es el principal motivo por el que matan al propietario con los precios” ¡No hay justicia ni en los honorarios que pagamos! Pagamos por el delincuente que intentó robarnos la propiedad. El robo de cosas muebles no requiere judicialización, es una suerte tremenda. ¿Se imaginan hacer un juicio por robo de un vehículo? En ese caso, se hace una denuncia y, si no lo desguazan, y lo encuentran, se lo devuelven al dueño, que tiene su título de propiedad. En el caso de robo de inmuebles, se inicia un litigio penal, que no sirve para recuperar la propiedad porque “no es materia del juez penal”. Una vez pasado ese juicio, para desalojar al okupa hay que ir por la vía civil, donde es imprescindible contratar un abogado; en lo penal no, por eso las causas penales se archivan. El sistema judicial clasifica un hecho delictivo y nos hace creer que eso es la solución, cuando lo que recibimos es sólo una clasificación, una interpretación de un delito. En las usurpaciones de inmuebles el sistema judicial está dejando de lado una injusticia: el robo de una casa a un dueño legítimo, no la soluciona. Desde que el okupa empieza a vivir en nuestras casas, el robo sigue continuamente, con todos los bienes que están dentro. ¿Los códigos castigan la mala praxis, las ambigüedades, las dilaciones, las demoras injustificadas de los abogados, fiscales y jueces? El sistema judicial vive de no resolver las causas que maneja. Mientras no resuelve cobra, cobra, cobra y cobra. “¿Por qué mi abogado no hizo esto o tardó tanto en hacerlo?” Porque mientras tanto siguió cobrando honorarios y gastos. Por eso se dilatan, en el transcurso de todos esos años, cobró honorarios. Y para reemplazarlo, le tengo que pagar, el juez le regula honorarios y luego volver a pagar al nuevo abogado. Por eso a ellos no les interesa devolver las casas, lo que les interesa es que el propietario pague, o se enferme, se muera o venda su casa a precio vil, a veces al mismo abogado, que seguramente no tardará tanto en recuperar esa casa usurpada. ¿Por qué los abogados compran casas usurpadas? ¿Tardan lo que nosotros en recuperarlas? Es muy tentador, es una fuente de ingresos tremenda para el sistema judicial, y no hay especialistas en usurpaciones, derechos reales, o están del lado de los okupas, porque “hay más plata de ese lado”. Cuando una persona sufre una usurpación de un inmueble recurre a un abogado creyendo que cualquiera está en condiciones de litigar en el tema. Y no es así, pero nunca dirán que son incapaces, porque igual cobrarán, aunque sean ineficientes. El ladrón de propiedades, de inmuebles, para este sistema judicial es un pre-propietario, durante el juicio el ladrón se queda en el bien robado. Si te reconocen como propietario, ¿por qué no te la devuelven? Si creemos que dentro del sistema judicial está la solución, estamos fritos. Luego de seguir esos “tortuosos” caminos que nos brindan, llega un momento en que no sabemos ni dónde estamos parados, sólo que tenemos un título y no estamos dentro de nuestras casas, litigando años y años. Eso logra el sistema judicial: despojar a los propietarios de sus casas. Pero la gente cree que hay justicia y que el sistema judicial la defiende. Abogados, fiscales y jueces enredan, enredan y enredan. “Es así” Nos explican lo que dicen los códigos, sin ver la realidad que les mostramos y que exige un cambio en las legislaciones. “La realidad modifica las leyes” La Violencia de Género es así también, pero requiere un cambio, porque se mueren miles de mujeres. Esta realidad genera un sentido común que cambiará las leyes. No nos dan estadísticas de usurpaciones, no las difunden. La tolerancia se achica cuando el usurpado es el Estado, pagando al okupa para que se vaya. El ladrón de propiedades edifica y hay que pagarle esa “mejora” que el hizo en un bien ajeno! Nunca el sistema judicial ve al usurpador como ladrón! chat.whatsapp.com/7nOTWDx3oYYLk8ciecT89W
@Chifori01
@Chifori01 4 жыл бұрын
Señores de Poder Ciudadano, qué se puede hacer con los okupas, para expulsarlos inmediatamente sin que se genere el aparato judicial que sólo sirve para enriquecerlos a ellos ? Hasta cuándo el ciudadano honesto tiene que soportar los atropellos y abusos de los korruptos ?
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