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@granadaisnotandalucia92212 жыл бұрын
Bueno, pero si el perceptor no tiene NIF, SINO QUE TIENE CIF porque es una herencia yacente, como declaro las retenciones, porque al intentar poner el cif al no ser un nif no me deja, que modelo tengo que presentar, entonces, o pongo el nif, de cualquiera de los herederos.
@Quipuapp2 жыл бұрын
¡Hola Granada in not Andalucia! Según establece el artículo 18 del RGIAT las herencias yacentes que tengan relaciones de naturaleza o trascendencia tributaria deben tener un NIF.
@granadaisnotandalucia92212 жыл бұрын
@@Quipuapp Pues la que yo pago mi arrendamiento tiene cif, lo que he hecho es declarar por el 180 al heredero al que le pago la renta, pero la herencia en si lo que tiene es un cif, como toda sociedad y no un Nif, eso lo tienen las personas fisicas.