Tengo una duda. Si hay hospitalización y llevo 200 días de baja solo se cobra el 100% de la base cotizable máximo 40 días y no se xobraroa esos 10 € de complemento ningún día. Es decir la baja sería el 75% más el complemento de esos 40 días y ya está??
@jesusgarciamartin13773 жыл бұрын
Muy buenas, buen vídeo... Pero una duda: A la hora de calcular una nómina con IT por AT o EP (o por una EC, me da lo mismo), con retribución en especie de un vehículo en la que no se repercute ingreso a cuenta. En el momento de calcular la Base Reguladora de IRPF, se tiene en cuenta el valor total del bien como en la SS (valor prorrateado del bien x los dias trabajados + valor prorrateado de ingreso a cuenta por los dias trabajados) o se tiene en cuenta el valor del bien correspondiente a la mensualidad completa. Es decir, de cara al IRPF ¿se tiene en cuenta lo que aparecería en el recibo de salarios en la parte de devengos, o se tendría que poner lo mismo que cotiza a la SS? Gracias de antemano
@UITSindicato3 жыл бұрын
Buenas Jesús, por norma general el salario en especie se debe incluir tanto en las bases de cotización de la seguridad social, como de retención del IRPF. Por tanto, un trabajador durante los días en que se encuentre en situación de IT percibe a través de su prestación y complemento (si corresponde), un porcentaje de ese salario en especie (dependiendo del tipo de IT y del % que corresponda). Para el cálculo de la base del IRPF se tiene en cuenta los devengos efectivamente percibidos por el trabajador, por tanto, entiendo que para el salario en especie sólo se debería incluir de manera prorrateada los días en que se encuentre dado de alta, debido a que los días en que se encuentre en situación de IT el salario en especie ya se encuentra incluido en la prestación y complemento por IT percibido por el mismo. Un saludo.