Hola Estoy en Galicia. Mi madre tiene 82 años. Tiene una discapacidad de 75,5% reconocida por la Xunta de Galicia. Percibe una pensión no contributiva por discapacidad, de la Xunta de Galicia que debido a que tiene además un complemento por cuidado de terceras personas supera los 8000€/año (hacienda No considers esta pension como excenta y le ha quitado a mi padre la deducción por cónyuge discapacitada, pero esa es otra guerra ). Yo estoy en proceso de constituir un patrimonio protegido para poder desgravar el aporte económico anual que hago. No vivo ni estoy empadronado con mi madre aunque le cuido varios días a la semana. Cómo puedo hacer para percibir todas esas deducciones? Me tendría que empadronar con ella? Puedo hacerlo solo durante seis meses? Me decuciria fiscalmente todo el año? Que más requisitos he de cumplir? Gracias.
@asepyme19 күн бұрын
Hola Francisco, gracias por tu comentario y por compartir tu situación. Voy a intentar ayudarte aclarando algunos puntos clave relacionados con las deducciones fiscales y los requisitos que mencionas: Empadronamiento: Para que Hacienda considere a tu madre como parte de tu unidad familiar (y puedas acceder a deducciones relacionadas con su cuidado), generalmente se requiere que ambos estéis empadronados en el mismo domicilio. Esto es porque el empadronamiento demuestra la convivencia. Si no estás empadronado con ella, podría ser más complicado justificar ciertos beneficios fiscales. Cuidado de mayores y deducciones: Aunque no estés empadronado con tu madre, podrías beneficiarte de algunas deducciones si puedes demostrar que realizas aportes económicos o que te encargas activamente de su cuidado. Esto puede incluir justificantes de transferencias bancarias, facturas de gastos relacionados con su cuidado (asistencia, servicios, etc.) o declaraciones juradas si fuera necesario. Constitución de patrimonio protegido: Es una excelente idea. El patrimonio protegido es una herramienta diseñada precisamente para facilitar beneficios fiscales tanto para la persona con discapacidad como para quienes realicen aportes económicos a ese patrimonio. Una vez que lo constituyas, podrás deducir las cantidades que aportes dentro de los límites establecidos (generalmente hasta 10.000 € por contribuyente y 24.250 € anuales como máximo acumulado). Duración del empadronamiento: No basta con empadronarte durante seis meses si la convivencia es un requisito esencial para la deducción. Consulta con Hacienda, ya que en algunos casos podrías justificar que, aunque no vivas en el mismo domicilio, asumes la mayor parte de los cuidados y los gastos. Requisitos adicionales: Es fundamental que: La discapacidad de tu madre esté debidamente reconocida y documentada (lo está, con ese 75,5%). Tengas pruebas claras de los gastos o cuidados que aportas. Declares correctamente las cantidades que aportes al patrimonio protegido o a su mantenimiento. Te recomendaría que acudas a tu asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria para asegurarte de cumplir con todos los requisitos y que aproveches al máximo las deducciones disponibles. ¡Espero que esta información te sea útil!
@FranciscoRodriguezCasal18 күн бұрын
@@asepyme gracias
@FranciscoRodriguezCasal6 күн бұрын
@@asepyme Gracias por los consejos! Gracias! Ya he constituido el patrimonio protegido. Ya he ingresado dinero para todo el año y podré aplicarme deducción en la. Renta 2024. Ese dinero que recibe mi madre no tendrá que tributar mi madre, ni Le afectará a sus ayudas ni habría que declarar impuestos por donación a familiares... Y el día de mañana cuando no haga falta ese dinero, si ha sobrado algo, volverá a mi y no se repartirá entre herederos. La pena es que llevo años ingresado dinero a mi madre y veo difícil que hacienda acepte que le reclame deducciones de años pasados...