Le agradezco tan excelente explicación, yo leí LIS, pero no entendí nada, y también mi material de apoyo. Con su video, logre aclarar qué hacer en práctica.
@pitrastic85423 жыл бұрын
Muchas gracias, estaba perdido con la ley y me has ayudado mucho.
@isxcefsmad2 жыл бұрын
Muy útiles. Muchísimas gracias por subir este contenido y con esa claridad. Un saludo.
@miguel.angoitia2 жыл бұрын
¡Gracias!
@bruxieos Жыл бұрын
Buenos días, a partir del minuto 19:53, en la explicación del Ajuste Fiscal, indica que no procede por la imputación temporal, que el tope fiscal serían 3.500€, ¿Por qué no generaría una diferencia temporaria? En este caso negativa de 6.000€ - 3.500€, disminuyendo la base imponible. Gracias por los videos.
@miguel.angoitia Жыл бұрын
Hola. En principio (aunque depende del nivel de tu curso; en cursos intermedios o avanzados sí podría haberlo), no habría ajuste negativo porque, salvo excepciones, el gasto fiscalmente deducible tiene como tope máximo el gasto contabilizado (principio de inscripción contable previa del art. 11.3 de la LIS en las reglas de imputación temporal de ingresos y gastos). Las excepciones son las que dice el propio art. 11.3 (libertad de amortización o amortización acelerada) o cualquier otro beneficio fiscal expreso que recoja la ley.
@celinamarte51233 жыл бұрын
Muy bien explicado!!
@miguel.angoitia3 жыл бұрын
¡Gracias! Me alegra que te haya parecido bien. El IS es muy sencillo (en general)
@MariàBonvehí Жыл бұрын
Excelente explicación, Gracias! Tengo una duda: ¿Qué sucede si se aplica una mejora a un elemento de inmovilizado tras haber sido amortizado contablemente pero no fiscalmente?
@miguel.angoitia Жыл бұрын
Buena pregunta: si el elemento principal ya está amortizado, por excepción, la amortización de la mejora se desvincula del elemento principal. ¡Gracias a ti!
@MariàBonvehí Жыл бұрын
@@miguel.angoitia Otra duda que me surge: Basándome en su ejemplo del sistema de porcentaje constante, supongamos que contablemente amortizo en los cincos primeros años 3.500€ por año y 1.250€ por año en los dos últimos años restantes, es decir, asumo que tanto fiscalmente como contablemente el periodo de amortización será el mismo, pero no así las cuotas. Con estos datos, los dos primeros años no debería realizar ningún ajuste fiscal, pues el gasto contable es inferior al gasto fiscal. A partir del tercer año, hasta el sexto, el gasto contable supera al gasto fiscal y por tanto debería realizar el ajuste contable correspondiente. Durante este periodo acumularé un ajuste fiscal positivo de 4302,98€, según mis cálculos. El último año el gasto fiscal supera al gasto contable, por tanto, no debería realizar ningún ajuste fiscal. La duda es: ¿no debería revertirse de algún modo el saldo positivo de 4302,98€ del ajuste fiscal, pues en ambos casos estoy amortizando la misma base? No estoy suponiendo ningún sistema de libertad de amortización o amortización acelerada, los cuales permiten realizar ajustes fiscales negativos, según su explicación. Sencillamente estoy suponiendo diferentes métodos de amortización contable y fiscal.
@miguel.angoitia Жыл бұрын
@@MariàBonvehí Sí, cuando la corriente temporal de las amortizaciones contable y fiscal no coinciden sucede lo que comentas y, precisamente por eso, aparecen los ajustes. Pero no hay duda de que, al final de la vida útil, las amortizaciones acumuladas fiscal y contable deben ser iguales; si ha habido ajustes, se han tenido que compensar con otros de signo contrario. Si al final de la vida útil hay algún desajuste, se ajusta. En tu ejemplo, en el último año habría ajuste.
@MariàBonvehí Жыл бұрын
@@miguel.angoitia Muchas gracias por la aclaraciones.
@nataliagonzalez3403 жыл бұрын
Muchas gracias por sus videos son de mucha ayuda. Al final ha subido el video separado sobre el Leasing? No me aparece en su canal. Gracias de nuevo!
@miguel.angoitia3 жыл бұрын
Hola Natalia. Del leasing tiene un vídeo que te puede ser de mucha ayuda mi compañera Paloma Tobes. Entre los dos nos repartimos los temas. Te pongo aquí el enlace a su vídeo: kzbin.info/www/bejne/d37MlKOGhrSgibc
@crisurfernandez43983 жыл бұрын
Muchas gracias por el video. podría decirme cómo se ha obtenido ese gasto contable de la mejora de 2250? si la mejora se amortiza contablemente atendiendo a la vida útil que le queda al bien principal y atendiendo al ejemplo tiene amortización constante... Gracias!
@miguel.angoitia3 жыл бұрын
Los importes de las amortizaciones contables están inventados. Únicamente necesitamos ese valor para compararlo con el gasto fiscal por amortización. En la vida real, claro, la amortización contable anual no es un dato que nos da un problema, sino que se calcularía con la tabla de amortización contable de cada elemento.
@crisurfernandez43983 жыл бұрын
@@miguel.angoitia muchas gracias por la respuesta. El video esta estupendo. Ha publicado alguno relacionado con la amortizacion de mejora ,renovación de inmovilizado con incremento de la vida útil y su tratamiento fiscal ? Sería de mucha ayuda. Gracias de antemano.
@miguel.angoitia3 жыл бұрын
@@crisurfernandez4398 Me parece que con incremento de vida útil no tenemos, pero no tiene ninguna dificultad adicional, más allá de que hay que recalcular la amortización del elemento principal con el nuevo periodo de amortización.
@omarlage99942 жыл бұрын
Hola, en primer lugar gracias por los videos y la explicación. Tengo una duda, ¿Por qué en el sistema de nºs dígitos y en el degresivo cuando GC
@miguel.angoitia2 жыл бұрын
Esto sucede en estos ejemplos y se relaciona con el principio del IS que exige que para que exista GF tiene que haber previamente GC. Es decir, como regla general, cuando GC
@omarlage99942 жыл бұрын
@@miguel.angoitia Muchas gracias por la respuesta, yo pensaba que el ajuste se realizaba en todas las situaciones en las que el GF fuese superior al GC. Un saludo
@franporcell3 жыл бұрын
En un supuesto de libertad de amortización, si yo por error no contabilizo contablemente la amortización, ¿Fiscalmente podría hacer el ajuste negativo? Gracias de antemano
@miguel.angoitia3 жыл бұрын
Primero, no entremos en pánico: siendo un error contable, siempre tiene corrección. FIscalmetne, como se trata de un beneficio fiscal explícito, puede haber ajuste negativo puesto que no se exige la previa contabilización del gasto
@franporcell3 жыл бұрын
@@miguel.angoitia Muchas gracias por la rápida respuesta. ¿Y si omitiera contablemente algún gasto deducible que no sea la amortización, realizaría igualmente un ajuste negativo o esta vez no?
@miguel.angoitia3 жыл бұрын
@@franporcell como regla general prevalece el principio de inscripción contable. Es decir, para que un gasto sea deducible, con carácter general, primero tiene que estar contabilizado. Conforme a esta regla general, si has omitido contablemente un gasto, no sería deducible en el IS y no habría ajuste negativo. Como excepción están los casos de los beneficios fiscales en los que expresamente la Ley del IS permite prescindir del principio de inscripción contable. Este sería el caso de la amortización especial de leasing o la libertad de amortización, por poner dos ejemplos. En estos casos, aunque no haya gasto contabilizado (o el importe sea poco), habrá un gastos fiscalmente deducible y un ajuste negativo.
@franporcell3 жыл бұрын
@@miguel.angoitia Me ha quedado clarísimo, muchas gracias
@soniaesperanzaaldanaldana63152 жыл бұрын
no se escucha óptimamente el video
@miguel.angoitia2 жыл бұрын
Gracias por avisar, hasta ahora nadie lo había advertido. Lo reviso para ver si es algo puntual y lo puedo corregir.