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La guarda de hecho es una de la figuras o novedades más interesantes del cambio legislativo operado en referencia a la discapacidad y al nuevo sistema de provisión de apoyos a las personas discapaces, pero uno de los problemas más usuales es ¿ cómo acredita el guardador de hecho su condición de guardador?
En este video tratamos de la posibilidad de acudir al notario y realizar un acta de notoriedad notarial en la que el notario declara la condición de guardador de hecho de aquella persona que acredita que lo es, a través del oportuno expediente notarial.