Dr muchas gracias usted es la Única persona que me ha logrado dar una explicación clara!
@marcosalfredopedrazacarren84484 жыл бұрын
Excelente explicacion
@vladimira.arteagatovar60984 жыл бұрын
Excelente !!
@joaquinleonardocasasortiz9904 жыл бұрын
Llego tarde a ver este vídeo, pero de la charla me surgen algunas consideraciones: (1) A partir de qué elementos dogmáticos se entiende que el dolo en la Ley 734 de 2002, es causalista? (ii) ¿Cuál es el problema de que, en un caso concreto no se pueda probar el dolo y que en su defecto, "degenerará en culpa? (iii) ¿situación más gravosa para el operador disciplinario?