hola , un procedimiento de apremio lo puede instar una persona fisica o solo una persona juridica ? si es que si , cual es la ley que regula el apremio ? gracias
@belenoposicionesjusticia25286 жыл бұрын
Hola, a tu pregunta de quien puede instar un procedimiento de apremio, lo puede instar tanto una persona física como una persona jurídica, es decir aquella persona física o jurídica que tenga una sentencia en la que se establezca que alguien le debe de abonar o cumplir con lo establecido en la sentencia, para ello iremos a un procedimiento de ejecución, y una vez instalado el procedimiento de ejecución se inicia el apremio, es decir apremiar al demandado o al ejecutado para que pague lo establecido en sentencia. Qué, dónde está regulado el procedimiento de apremio, en la Ley de Enjuiciamiento Civil encontramos el procedimiento de apremio, si tienes una ley a mano busca en el índice procedimiento de apremio. Y verás que se remite a muchísimos artículos, porque depende de lo que vayamos apremiar a ejecutar, a cumplir con lo establecido en la sentencia, o en el título ejecutivo, nos iremos a lo establecido en un artículo u en otro. Normalmente el procedimiento de apremio se inicia con el embargo de bienes que el demandado o el ejecutado sea titular. Seguidamente vendemos esos bienes. Y con su producto es decir con lo que saquemos de la venda el demandante podrá cobrar, esto lo explicaré tranquilamente cuándo explique la ejecución pero a grandes rasgos ahí tienes la ejecución y el procedimiento de apremio, un saludo
@IgotQuestions.6 жыл бұрын
Belén Oposiciones Justicia Muchas gracias por responder , por falta de conocimiento de la palabra "apremio" formulé mal la pregunta . Yo me referia a la insolvencia , me explico : Si un demandado de un declarativo ordinario tiene patrimonio pero no tiene el dinero que se le reclama , no puede declararse insolvente ? O no puede solicitar una subasta voluntaria ? Teniendo en cuenta que el valor actual del patrimonio es menor que la deuda que se reclama . Gracias
@belenoposicionesjusticia25286 жыл бұрын
Hola, una persona es insolvente cuándo no se le conocen bienes, para afrontar la deuda. Si tiene bienes pero estos no son suficientes, podrá hacerse cargo o afrontar parte de la deuda, en la ley se especifican los bienes que se pueden embargar y los que no se pueden embargar, es decir, aún teniendo bienes, ciertos benes , como por ejemplo, el sueldo mínimo interprofesional, no se puede embargar, se embargar a lo que supere de ese sueldo y solo una, me preguntas si se puede pedir subasta voluntaria, eso es otro cantar, y cuando explique la ejecución lo verás más claro. Pero te adelanto que cuando existen bienes inmuebles, el ejecutado puede pedir subasta voluntaria con unas condiciones particulares con el fin de obtener más dinero por la venta. El tema de la ejecución es muy amplio y complejo que no se puede explicar de pasada.un saludo
@IgotQuestions.6 жыл бұрын
Belén Oposiciones Justicia Muchas gracias por responder Yo me referia a un caso concreto. Una persona tenia una hipoteca , el banco ha ejecutado la hipoteca , el demandado ha alegado la abusividad de la clausula de vencimiento anticipado y el juzgado se lo ha aceptado diciendole al banco que si quiere continuar la ejecucion que lo haga por el valor de las cuotas vencidas . El banco no movio ficha mas en el ejecutivo hipotecario pero demando por el mismo prestamo en un declarativo ordinario en el cual pide el importe del principal vencido anticipadamente (140000) pero el inmueble hoy vale solo 70000 y es todo lo que tiene el demandado . Yo preguntaba por una posible declaracion de quiebra , como hacen las empresas cuando no pueden hacer frente al pago de sus deudas , concurso de acreedores creo que se llama , pero en este caso la persona es fisica y hay solo un acreedor . Gracias