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✅ El autodespido se puede solicitar por IMPAGO DE NÓMINAS cuando la empresa nos adeude 3 o más meses de salario.
🔴 El primer paso es solicitar de forma escrita a la empresa la extinción del contrato de trabajo por impago de nóminas.
🔴 En caso de que la empresa no responda o se niegue a extinguirlo, deberemos presentar papeleta de conciliación ante el CMAC o SMAC (Centro de Conciliación, Mediación y Arbitraje) que corresponda en la Comunidad Autónoma.
🔴 En caso de no alcanzar acuerdo en CMAC o SMAC deberemos interponer demanda ante el Juzgado de lo Social, y será el Juez quien decida sobre la extinción por autodespido por impago salarial.
💸 el AUTODESPIDO conlleva la misma indemnización que el despido calificado como improcedente: :
👉 Antes de febrero de 2012: 45 días de salario por año trabajado
👉 Posterior a febrero de 2012: 33 días de salario por año trabajado.
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