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Es un proceso apto para el cobro de deudas dinerarias; de cantidad determinada; vencidas y exigibles, siempre que estén implicados al menos dos Estados de la UE. Básicamente, el procedimiento monitorio europeo es un proceso judicial rápido y ágil para la reclamación de deudas dinerarias, en el que sólo será necesaria la celebración de una vista ante el Juez, si el deudor se opone a la reclamación presentada. Así pues, si deudor no paga voluntariamente, ni se opone en el plazo estipulado, el proceso finaliza automáticamente con una resolución que permite al demandante la ejecución forzosa en la que podrán embargarse todos los bienes del deudor suficientes para pagar la deuda reclamada.
La norma lo regula es el Reglamento (CE) 1896/2006, por mandato del Parlamento Europeo y con un objetivo muy claro: simplificar, acelerar y reducir los costes procesales en el ámbito de la UE relativos a créditos pecuniarios no impugnados en materia civil y mercantil.