Se analizan las principales características del recurso extraordinario de revisión de la Ley 39/2015. Artículos de interés: administrativa...
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@franciscosanchez34912 жыл бұрын
Hola. Cabe un Recurso Extraordinario de Revisión contra una resolución desestimada ante un Recurso de Reposición Potestativa aún habiendo documentos anteriores a la RESOLUCIÓN que demuestren que dicha RESOLUCIÓN es recurrible en vía Administrativa?
@franciscosanchez34912 жыл бұрын
Ante un Ayuntamiento.
@Administrativando2 жыл бұрын
Muchas gracias, Francisco, por la cuestión que formula. En este sentido, le indicamos que los actos objeto de impugnación mediante el recurso de revisión son los actos firmes en vía administrativa (artículo 125 de la LPACAP); esto es, aquéllos que no sean susceptibles de recurso ordinario alguno en vía administrativa, bien porque el acto la hubiese agotado o porque hubiera devenido firme al no haberse interpuesto los recursos admisibles. En el caso que describe, donde se trata de una resolución desestimada ante un recurso de reposición potestativo, no sería posible interponer un recurso extraordinario de revisión. En su lugar, podría interponerse en esa situación sería un recurso contencioso-administrativo. Reciba un cordial saludo.
@franciscosanchez34912 жыл бұрын
@@Administrativando Muchas gracias por la aclaración. Pero veo que el RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN no me sirve para solucionar mi indefensión ante la administración. Recurrí una sanción de 100 euros por ruidos por el hecho de notificarla 8 meses despues (fuera de plazo) y por Notificarla fuera del domicilio que expresa mi DNI, ya que la notificación llegó al domicilio de los hechos y no al mío. Un caso de mala praxis por parte de los agentes Locales. Lo recurrí y lo desestimaron. Ahora por ese poco importe me toca recurrir al Contencioso Administrativo. Con lo cual poco ayuda este recurso EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN. Recurriré porque no considero adecuado mi caso ni las actuaciones de la policia Local. Un poco triste que por cuan poca cuantía se haya de molestar a los Tribunales. Pero seguiré adelante. Muchas gracias.
@Administrativando2 жыл бұрын
@@franciscosanchez3491 Estimado Francisco, le deseamos mucha suerte en su andadura judicial. Reciba un cordial saludo.