EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR PRESTACIÓN DE SERVICIO EN EL SECTOR PÚBLICO

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Omnes Formacion

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Күн бұрын

En este video se explica de manera detallada, la situación administrativa de excedencia voluntaria por prestación de servicio en el sector público .
Al estar íntimamente relacionada, se aprovecha para explicar como se adquiere la condición de funcionario de carrera.
Además se repasa otras cuestiones relacionadas y muy preguntadas en exámenes oficiales
Si queréis mas material como este, nos podéis seguir,
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Пікірлер: 5
@martatp99
@martatp99 Ай бұрын
Buenísima explicación! Gracias
@sergifernandezmiranda1311
@sergifernandezmiranda1311 3 ай бұрын
Muy bien explicado.
@buzocc6062
@buzocc6062 28 күн бұрын
La duda está acerca del reingreso en la primera plaza en la que trabajaste, la ley dice cuando se produce el cese como funcionario de carrera….se pedirá el reingreso , que se entiende por cese ? Cese del servicio activo pidiendo excedencia previa.?
@omnesformacion_
@omnesformacion_ 13 күн бұрын
Se refiere al cese en el servicio activo. Te declara en excedencia por prestación de servicio en el sector público a tu solicitud o de oficio, pero en todo caso, hasta que no tomes posesión de un puesto "en el otro cuerpo" no pasaras a esta excedencia. En la práctica cuando quieres pasar de un cuerpo a otro del que eres titular, ya lo tienes “encaminado”, es decir, o ya has participado en un concurso o una libre designación o ya has solicitado la adscripción provisional. Estas son las formas que tienes de reingresar al servicio activo , al no tener reserva del puesto de trabajo, conforme al el artículo 62 del R.D. 364/1995, del 10 de Marzo. Te pongo mi caso, cuando aprobé otro cuerpo por promoción interna, al tomar posesión (una vez eres nombrado por SEFP) del nuevo cuerpo, se hace el cese el día anterior en el puesto del cuerpo que procedía. Ahora para esto hay que tener en cuenta los plazos posesorios que establece el nuevo decreto ley 6.2023 que se empiezan a contar desde el nombramiento. Antes de la toma de posesión también hice la solicitud para dejar en excedencia por prestación de servicio en el sector público el "otro cuerpo" que estaba en servicio activo, que esta se hizo efectiva cuando tomé posesión. En un cuerpo pase a servicio activo y en el otro en Exc.por prestación de Servicio en el Sector Público. Y desde la toma de posesión conforme la disposición adicional quinta del R.D. 364/1995, del 10 de Marzo, se tiene un permiso de 3 días sino hay cambio de residencia o de un mes si hay cambio. Esto se hace para que no dejes de cobrar en ningún momento. Yo me quedaría con lo siguiente, que al final es lo que preguntan: Desde que te cesan, tienes un mes para solicitar el reingreso en el otro cuerpo que eres titular sino EVIP No es como otras situaciones administrativas donde tienes que solicitarlo antes, como en la suspensión de funciones, que debe solicitar el reingreso 1 mes antes de cumplir la sanción, para que no te declaren de oficio excedencia voluntaria interés particular. Yo me haría un cuadrito en que situaciones se piden antes y cuando se piden después, para que la administración de oficio no te pase a EVIP. Que estos detalles son muy preguntados. Y, por otro lado, que para reingresar al servicio activo cuando estés en excedencia por prestación de servicio en el sector público, como cualquier otra situación que no tengas reserva, tendrás que reingresar conforme las formas que establece el artículo 62 R.D. 364/1995, del 10 de Marzo Y por otro, tener en cuenta Disposición adicional del R.D. 364/1995, del 10 de Marzo, que dispone que: Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta. Y por supuesto, sobre accesos a nuevos cuerpos tener en cuenta los plazos que establece el Decreto Ley 6/2023
@buzocc6062
@buzocc6062 6 күн бұрын
Ok es cese del servicio activo, entonces en el caso de solicitar el reingreso por adscripción provisional, si hay que cesar del puesto primero y luego solicitar el reingreso, se debe pedir la EVIP en el cuerpo en el que estas en servicio activo y una vez te la conceden solicitar el reingreso por adscripción provisional en el otro cuerpo en el que estas en excedencia por servicios en el sector público ??
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