Gracias totales, muy claros los conceptos,ejemplos.
@guillermoiglesias94842 жыл бұрын
Gonzalo: la causalidad acumulativa donde y cómo se resuelve ? El exceso en el cumplimiento de un deber puede haber dolo eventual en el tipo y en el exceso en este caso para el análisis de la antijuridicidad?
@gonzalojaviermolina25032 жыл бұрын
La causalidad acumulativa es un tema de imputación objetiva. En relación al exceso en causas de justificación, puede darse en un caso con dolo eventual, sí. Ejemplo: para defenderse de una agresión ilegítima contra su vida, el sujeto A golpea a B con un bate de béisbol varias veces, representándose la posibilidad de matarlo, aunque sin darse cuenta de que ya no era necesario seguir con los golpes.
@guillermoiglesias94842 жыл бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 la causalidad acumulativa entonces se resuelve el la tipicidad. Será solo en el análisis del aumento de riesgo ? Se trata de un policía q golpea en la cabeza a un chico para separarlo en un pelea luego cae y fallece a los 8! Días. La acumulación se explica en q el forense no puede decir la causa de la muerte y certifica otras lesiones en la cabeza al momento de la autopsia
@gonzalojaviermolina25032 жыл бұрын
Guillermo: técnicamente se llama "causalidad acumulativa" a otro problema (característico en los casos de contaminación ambientel, por ejemplo, en los que se trata de múltiples actos que provocan en conjunto el resultado típico). El caso que mencionas, es un problema probatorio: 1) Estaría probado que la conducta del policía causó el resultado muerte? 2) En caso de que sea positiva la respuesta anterior, ¿se puede imputar objetivamente ese resultado muerte a la conducta del policía (Creación de riesgo + Realización del riesgo en el resultado).? Sólo si las dos preguntas son positivas, se podría imputar objetivamente ese resultado a la acción. Si hubiera dudas sobre alguna de ellas, se debería aplicar el principio "in dubio pro reo".
@guillermoiglesias94842 жыл бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias x tu tiempo.
@nnrojo48603 жыл бұрын
Buenas tardes doctor, el exceso de causas de justificación lo analizamos y explicamos en la antijuricidad ?
@gonzalojaviermolina25033 жыл бұрын
Sí. Se analiza en la Antijuricidad.
@matiaspolero19814 ай бұрын
Dr. Consulta, cómo resolvería el caso siguiente: personal policial ingresa a un domicilio por un llamado al 911 por violencia de género; al llegar a la vivienda observan que hay un sujeto que tiene un cuchillo en su mano, con el que amenaza a los agentes de seguridad. En virtud de ello el personal le pide al sujeto que arroje el cuchillo y levante las manos, no obstante, el agresor no acata las directivas de los funcionarios continuando con la agresión, seguidamente los policías utilizan sus armas reglamentarias y efectuan disparos qué impactan en la persona causandole la muerte. A su vez está vigente una norma que obliga al personal policial, en caso de una incursión o allanamiento de un domicilio a utilizar sólo municiones no letal sólo de fogueo o estruendo. Los agentes actuaron en cumplimiento del deber, en exceso o sería un homicidio doblementeagravado? Cómo juega la agravante genérica del 41 bis del CP. Me gustaría saber su opinión. Le comento que algo parecido fue un caso dado para concursar como Agente Fiscal.
@gonzalojaviermolina25034 ай бұрын
La consigna no está clara. Deberíamos saber qué se representó el agente al actuar. También qué significa "continuando con la agresión...". Las causas de justificación en el caso no sería solamente el cumplimiento de un deber. Quien actúe como docente en la evaluación de un examen o como jurado en la evaluación para un cargo del Poder Judicial o Ministerios, debe saber trabajar con casos. De lo contrario, el resultado dependerá del azar o de la arbitrariedad.
@matiaspolero19814 ай бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 El personal policial había sido alertado de que en el domicilio había un hombre que estaba amenazando con un cuchillo a su pareja. Continuando con la agresión: en el sentido de que no sólo no acató las directivas del personal sino que intentó herir al personal con el cuchillo. A mi entender lo problemático del caso es en relación a la prohibición de utilizar munición letal en allanamientos de morada. Disculpe la insistencia pero me interesa saber su opinión al respecto.
@gonzalojaviermolina25034 ай бұрын
@@matiaspolero1981 igualmente El error es pensar en el cumplimiento de un deber como causa de justificación El problema es de legítima defensa propia y de terceros
@matiaspolero19814 ай бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 gracias por su respuesta.
@anabellabarrera61563 жыл бұрын
Doctor si estamos ante un caso de exceso de legitima defensa donde termina el análisis según la Teoría del delito, en antijuricidad? o se prosigue a culpabilidad?
@gonzalojaviermolina25033 жыл бұрын
Anabella: en los casos de Exceso en la legítima defensa, la conducta es antijurídica. Como no se dan todos los requisitos de una causa de justificación, decimos que es antijurídica y seguimos con la culpabilidad. Si además es culpable, se configura el delito. Como la ley prevé para estos casos una pena especial (art. 35 C.P.) es esa pena la que se va a aplicar.
@camilatoledo-c8c Жыл бұрын
Hola, qué tal? Habría un error vencible si se cree que el ladrón tiene un arma cuando en realidad tiene un cuchillo? Gracias!!!
@gonzalojaviermolina2503 Жыл бұрын
Que sea vencible o invencible, dependerá de los detalles del caso que no están mencionados en tu ejemplo. Las pautas generales para definir si un error es vencible o invencible están mencionadas en el video sobre error de tipo y error de prohibición.
@mayragarcia53053 жыл бұрын
Buenas tardes señor , si me podría ayudar estaría agradecida.. quería saber si para que exista una causa de justificación , debe existir el conocimiento por parte del autor, de que su comportamiento está justificado ?
@gonzalojaviermolina25033 жыл бұрын
Hay un video sobre el tema: la falta de elementos objetivos o subjetivos en las causas de justificación. Está en la lista de reproducción de teoría del delito también.
@jorgeomarmaciasparraga16563 жыл бұрын
Dr. En esta vídeo usted habla de error sobre las circunstancias facticas de las causas de justificación, como un exceso en las causas de justificación y da el ejemplo de cuando alguien cree que lo va a matar pero el atacante tiene un arma de fuego o descargada, y si no me equivoco se habla del mismo error y el mismo hacho en el error de prohibición indirecto sobre las causas de justificación, pero con penas distintas....
@jorgeomarmaciasparraga16563 жыл бұрын
El artículo 35 del que habla es de las causas de justificación o del error de tipo??
@gonzalojaviermolina25033 жыл бұрын
Así es, Jorge. El Error sobre las circunstancias fácticas de una causa de justificación es una forma de error de prohibición (indirecto). Y, para algunos autores, se resuelve por vía del art. 35 (Exceso) cuando es vencible. Por ejemplo, Bacigalupo. Si es invencible, excluye la culpabilidad.
@jorgeomarmaciasparraga16563 жыл бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias, profe.
@giulianagoody753 жыл бұрын
La broma queda comprendidos en el concepto de agresión ilegítima ? Por ejemplo un amigo tira a otra en el suelo en forma de broma , el otro amigo no siendo conciente de que es una broma lo golpea en la cara ...queda comprendido en defensa propia ?
@gonzalojaviermolina25033 жыл бұрын
No sería legítima defensa si la agresión ya cesó.
@yoyitomunhoz_174 жыл бұрын
Buenas tardes dr! Me interesaría saber cual es su postura o análisis sobre el caso del jubilado Solis que fue noticia en éstos días por matar a un delincuente que irrumpió en su casa.
@gonzalojaviermolina25034 жыл бұрын
Buenas tardes: trato de no opinar sobre los casos que están en los medios de prensa, porque sabemos sólo lo que los medios nos muestran, y con toda la carga subjetiva que ello implica. Pero podemos imaginarnos nosotros un caso hipotético para resolver con todos los datos necesarios.
@yoyitomunhoz_174 жыл бұрын
@@gonzalojaviermolina2503 obviamente se sabe que los medios son sensacionalistas y se plaga de subjetividades el relato. Pero como era un caso resonante me interesaba el análisis académico de la cuestión. Muchas gracias por responder.