EN ESTE VIDEO SE EXPONE QUE LA INFORMACION DE DOMINIO ES UN TITULO DE PROPIEDAD Y PUEDE SERVIR DETITULO DE PROPIEDAD EN UN PROCEDIMIENTO REIVINDICATORIO
Пікірлер: 82
@marcoantoniodaza862045 минут бұрын
Excelente cátedra! Muchas gracias Señoria🙌
@oskare.rosasm.29122 күн бұрын
Maestro recien vi su vídeo anterior en el cual explicaba este mismo tema y justo le iba a comentar que su humilde servidor difería de tal interpretación por lo ve a la informacion de dominio, pues al menos en el Estado de Michoacán, la resolucion de tal procedimiento serviría como título de propiedad. Es de sabios reconocer, máxime si se trata de un jurista por excelencia impartidor de justicia. Saludos!
@cesargomezortiz7276Ай бұрын
Ahora de que ví este video, iniciaré vía judicial no contenciosa para después demandar el plenario de posesión
@cesargomezortiz7276Ай бұрын
Maestro sería muy breve nadamás en tocar un tema, porque toca dos temas sobre información de dominio y la de información posesoria
@marianocovarrubias1962 жыл бұрын
Licenciado, muchas gracias por esta información tan valiosa, 👍🏼👍🏼👍🏼👍🏼
@inestejedacano66573 жыл бұрын
Gracias por su aclaración Lic. Y por el valor de compartirnos.
@alfonsovagamundo58192 жыл бұрын
Maestro es Usted un ser humano excepecional. Aparte de ser un estudioso del Derecho, es un ejemplo digno a seguir. Cero soberbia, pero 100% analítico y estudioso del derecho. Un deleite ver sus videos y recomendarlos a diestra y siniestra por su contenido altamente profesional¡
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Agradezco sus palabras, el derecho, como la vida te da la oportunidad de reflexionar y recapacitar cuando cometes un error, a seguir este camino compartiendo
@isabelaguilar1697 Жыл бұрын
Muchas gracias por compartirnos su gran conocimiento! Felicidades 🎉
@abogadomorales772 жыл бұрын
Gracias por compartir su conocimiento maestro, lo admiro y respeto.
@carlosuribe8833 жыл бұрын
Muchas gracias. Muy bien explicado. Saludos
@arturoramirez24113 жыл бұрын
Muy bien ahora si estamos en el mismo canal, gracias licenciado.
@victorguzman44402 жыл бұрын
Gracias por sus siempre útiles y excelentes cápsulas. De igual forma, su humildad lo hace aún mejor, desde mi opinión.
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Gracias por sus palabras
@MARYLUBONILLA Жыл бұрын
Gracias por compartir un consejo tan importante, yo estoy convencida de que es un gran jurista sus reflexiones me sirven mucho porque estoy en una materia distinta y sus consejos me ayudan a entender estas figuras que poco veo le mando un abrazo cariñoso con toda mi admiración
@juliocesarkuricruz68932 жыл бұрын
Excelente su aportación
@manuelltv79542 жыл бұрын
Es de sabios cambiar de opinión. Muchas felicidades por aceptar sus errores y sobre todo por enseñarnos a los que no tenemos la formación en leyes.
@lulumel6432 жыл бұрын
Gracias por ilustrarnos maestro 🌹❤️
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Gracias por su interés y en verdad ojalá pueda apoyarme compartiendo los videos, gracias
@martindagg71493 жыл бұрын
EXCELENTE MAESTRO... COMO DICE ESE VIEJO REFRAN... ES DE SABIOS EQUIVOCARSE. Y USTED DESDE MI PUNTO PARTICULAR ES MUY SABIO ME CONSTA
@leonelbalammartinez26422 жыл бұрын
reconocer el error, lo hace alguien honesto y se engrandece
@aicosdegaruda1 Жыл бұрын
Gracias, por sus reflexiones, videos claros, concisos, buena dicción, buen tono. Maestro hace tiempo tuve una sentencia de información de dominio en el Estado de México, pero al momento de inscribir en el IFREM, esta lo rechazo por que se tenía que protocolizar ante notario, pero hice que dicha dependencia la inscribiera fundamentado ello en los artículos 1.134 del CPCEdoMex y artículo 39 de la Ley Registral. Algunos dicen que dicha reforma por parte del grupo parlamentario de MORENA, quito de las manos bastantes ingresos a las notarias, pero creo que es practico, y algunos notarios dicen que se esta evadiendo el ISR. Que opina?.
@IUSETjorge7010 ай бұрын
No lo considero de esa manera
@Rober97wolf3 жыл бұрын
Muuuy bien maestro!!! Gracias por sus excelentes enseñanzas!!
@MARYLUBONILLA Жыл бұрын
La cual es la diferencia entre interdicto para retener la posesión y el plenario de posesión
@juanycamacho5506 Жыл бұрын
agradezco de antemano su atencion, un lote adquirido con contrato privado de compraventa hace 40 años, todo pagado y ante el RPP, solo que no se ha adquirido la escritura, que juicio es mas conveniente. un millon de gracias.
@mariaguadalupemedinapena12872 жыл бұрын
¡Gracias Maestro por seguir compartiendo información valiosa para el ejercicio jurídico! Una duda, en el entendido que se solo se tenga el antecedente catastral pero con contrato privado de donación, este surte los mismos efectos para llevar a cabo la información de dominio que el contrato privado de compraventa?
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Así es
@issacprogresivo2 жыл бұрын
Buenas noches su Señoría, hará alguna conferencia próximamente?
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Hola buenas noches conferencia propiamente no, estoy en círculos de estudio semana tras semana en indecaj o un círculo de estudios de otumba ambos en línea, si gusta puede entrar a mi página de Facebook está a mi nombre y lugares donde doy clase, le agradezco su interés
@yoelrikon597316 күн бұрын
La inmatriculacion es un título de propiedad y se puede vender y escriturar en notaría pública ? Esa es mi duda ?
@leoomm759 Жыл бұрын
Saludos maestro, tengo un caso , mi cliente ya tiene los años para promover usucapion, pero el inmueble nunca ha Sido registrado en el registro público, la pregunta es si puedo ir por la prescripción positiva o primero debo hacer la información testimonial? Esto en Guanajuato
@IUSETjorge70 Жыл бұрын
Primero es una información de dominio
@victorhumbertomondragonolg53493 жыл бұрын
Maestro buena tarde! Una duda ¿El traslado de dominio acredita la propiedad?... tengo entendido que no. Posterior al traslado de dominio para efectos de acreditar la propiedad en el Estado de México, ¿se tiene que usucapir o realizar la inmatriculacion judicial? Saludos
@IUSETjorge703 жыл бұрын
El traslado de dominio, no acredita la propiedad, se necesita un justo titulo, si no hay antecedentes registrales se tiene la inmatriculacion y si tiene antecedentes usucapir
@juanabonilla27263 жыл бұрын
Maestro, es un placer aprender de usted. Tengo la duda de: ¿La inmatriculación administrativa, tiene el mismo efecto que la judicial?
@IUSETjorge703 жыл бұрын
Hola, en términos técnicos, no dada la naturaleza de los procedimientos, no obstante, tienen el mismo efecto dar publicidad a la posesión y sirven para posteriormente consumar la usucapion
@lope86agui2 жыл бұрын
Su Señoría buenos días, espera se encuentre bien,tengo una duda la cuál he estado estudiando para ver su respuesta, quisiera saber si podría ayudarme a resolverla, si en un proc. Jud. No contencioso sobre inmatriculacion de dominio, el juez ordena la protocolización de la sentencia, con base al código adjetivo abrogado, dónde se ordenaba la protocolización ante notario, cuando el documento que justifica la posesión, y el juicio fue iniciado después de la reforma del 2004, al artículo 3.29 del CPC, el cual ordena la inscripción al IFREM, se puede solicitar mediante otro procedimiento judicial no contencioso la.modificacion de la sentencia, para evitar la protocolización ante notario.? Ya que de acuerdo al artículo 1.213 del CPC no se altera o cambia las circunstancias del ejercicio del derecho, pues lo que se requiere es darle publicidad a dicha inscripción, es correcta mi apreciación.? Se lo agradeceré mucho... Saludos ....
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Si es un poco equivocada, dado que un procedimiento judicial no contencioso se hace sin perjuicio de terceros, no significa que pueda existir un cambio de circunstancias como lo es en alimentos, Guarda y custodia etc
@lope86agui2 жыл бұрын
Buenas noches su Señoría, espero se encuentre bien, soy el Lic. Adrián López, una pregunta ¿entonces la inmatriculacion posesoría vía judicial y administrativa solo le dan publicidad a la POSESIÓN, mientras que la inmatriculacion de dominio vía judicial, si acredita la PROPIEDAD, mientras se reúnan los requisitos para prescribirlo.? Muchas gracias, saludos...!!!!
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Así es, gracias por su interés
@luisvr6843Ай бұрын
Una asesoría yo realice hace 3 años una Inmatriculación Administrativa para una Casa puedo realizar ahora una Inmatriculación Judicial con la finalidad de poderla vender a través de un crédito bancario. ¿Qué me recomienda en su experiencia?
@IUSETjorge7021 күн бұрын
Sí o matriculación de administrativa, no es un título de propiedad es solo un titulo posesorio, tendría que consumar la usucapion para que su título sea de propiedad, difícilmente se dará un crédito sin un título de propiedad a menos que los del banco o institución que otorgara el crédito no sepan y así lo otorguen
@comunicaciondocente59752 жыл бұрын
Maestro tengo una duda enorme y estoy en un problema con un terreno comunal que inscribieron en Atlacomulco como propiedad, el antecedente es que el señor heredó a sus hijas a través del comisariado de bienes comunales, una de ellas cedió los derechos a través de una venta. Ahora demandan que el inmueble ya está inscrito en el IFREM. El comisariado menciona que no se puede escriturar como propiedad. Qué se puede hacer? A quién se demanda?
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Es que ese inmueble es como munsl y no puede inscribirse pues esta inscrito en el registro agrario y ese no puede ser propiedad privada, en todo caso tendrá que pedir la usucapion en materia agraria para que le reconozcan sus derechos posesirios, espero haber respondido su duda
@ma.berthaglezrguez.7188 Жыл бұрын
SI YA HICIERON EL DOMINIO PLENO DE ESA PARCELA O TERRENO ,SOLAR ,Y YA ESTA INSCRITO EN EL IFREM ,YA PERTENECE A LOS JUZGADOS CIVILES DEMANDAR
@adrianmosqueda4716 Жыл бұрын
Si no tengo un justo título? Reúno los demás requisitos pero no tengo un justo título
@IUSETjorge70 Жыл бұрын
Si no hay justo titulo pero si causa generadora se puede usucapir, pero si no eh ni lo uno ni lo otro no e puede, espero haberme explicado
@irmacruz9782 жыл бұрын
Si la sentencia de inmatriculacion ordena la inscripcion del inmueble a nombre del promovente sin declararlo propietario, ¿esta sentencia es un título de propiedad y no el contrato de compraventa cuyas firmas fueron ratificadas ante notario, y que fue el documento base de la accion? Ya no entendi nada. Hablan de informacion posesoria e informacion de dominio, ¿cuál es la diferencia? ¿la causa generadora de la posesion? ¿La vía usada o el efecto de la sentencia?
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Recuerde la finalidad de la inmatriculacion judicial es la inscripción del inmueble y dar un antecedente registrar donde aparezca el poseedor o bien el propietario, en el caso de la información de posesión únicamente se inscribe la posesión y posteriormente tendría que consumar su usucspion y en la de dominio al reunir todos los requisitos de una usucspion se le declara propietario Ahora bien la sentencia substituye a los contratos pues la sentencia es una manera de formalizarlos, espero haberme explicado
@irmacruz9782 жыл бұрын
@@IUSETjorge70 Maravillosamente bien, agradezco su fina atención.
@isabelaguilar1697 Жыл бұрын
Lic. Bonito día! Para comentarle sobre un juicio que llevo desde hace dos años de inmatriculacion de un inmueble, ya demostré la legítima posesión, se publicó edictos y todo lo que conlleva, sinembargo, ya para sentencia me dice el Juez que actualice la certificado de búsqueda y desafortunadamente apareció que del inmueble específico que detallo no existe registro, sin embargo, está dentro de una colonia con antecedentes registrales a nombre varias personas, por lo que el Juez me apercibe y dice que está confuso el Certificado, sin embargo, el Reg. Pub. No cedió a mencionar únicamente el lote o el inmueble del que estoy solicitando, existe algún Fundamento en que pudiera basarme ante el Sr. Juez para que la sentencia sea favorable😊 o ya no hay nada que deba hacer, y lo haga por prescripción positiva 😔. Será muy valioso para mí su atinado comentario !🙏
@IUSETjorge70 Жыл бұрын
Bueno si ud llevo una inmatriculacion es porque no hay antecedentes registrales, no obstante también por lo que entiendo, el registro ya en una nueva certificación habla de otros predios menos el de ud, el juez no tiene impedimento para dictar sentencia dado que por eso promueve una inmatriculacion, empero, por el contrario su inmueble si tiene antecedentes registrales si podría irse por la Usucapion
@isabelaguilar1697 Жыл бұрын
@@IUSETjorge70 Muchísimas gracias lo tomaré muy en cuenta!😊. Y no cabe duda, posee una gran calidad humana que le caracteriza! 🎉 reciba muchas bendiciones!🙏
@IUSETjorge70 Жыл бұрын
Ayúdeme cómo partiendo los videos y la invito a que me escuche en Spotify o Anchor en un podcast que tengo que se llama reflexiones de un jurista
@isabelaguilar1697 Жыл бұрын
@@IUSETjorge70 Claro que si, con todo gusto! 😀👌
@mariadelcarmenhernandezcor34922 жыл бұрын
Profesor, disculpe tengo una duda, el juicio inicio en el 2005, pero y ha estado en movimiento el expediente pero no ha tendio una resolución, quiero saber si no se ha prescribido el derecho dentro de este juicio, no encuentro en el codigo de Procedimientos Civiles de Michoacan
@IUSETjorge702 жыл бұрын
A qué derecho se refiere o bien y qué procedimiento está llevando
@mariadelcarmenhernandezcor34922 жыл бұрын
@@IUSETjorge70 ad perpetúan de dominio pleno del inmueble
@IUSETjorge702 жыл бұрын
@@mariadelcarmenhernandezcor3492 ok ya es mucho tiempo y no han dictado sentencia, qué barbaridad, en este caso su derecho no ha prescrito, dado que el procedimiento está vivo, es decir, por lo que entiendo sigue el procedimiento en trámite y recuerde en este procedimiento no opera la caducidad
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Espero haberme explicado, y contestar su pregunta
@mariadelcarmenhernandezcor34922 жыл бұрын
Buenas tardes Profesor, si lastimosamente los abogados que estaban apoyando en este asunto lo dejaron abandonado este prcedimiento, siempre me ha interesado este tipo de casos, es por eso que lo voy a aceptar, no se si me podria apoyar en recomendarme algun libro, o un pdf para que pueda leerlo y estudiarlo. Es una verguenza como abogados que tenga este asunto. Muchas gracias por su informacion. hoy aprendi mucho con su video, ya lo he visto como 10 veces, lastimosamente donde yo estudie no hay abogados como ud que tengan este tipo de conocimientos. Saludos desde Michoacan. Muchas gracias
@manuelltv79542 жыл бұрын
Maestro una pregunta… la información de dominio deja salvo derecho de terceros?
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Es correcto
@manuelltv79542 жыл бұрын
@@IUSETjorge70 Gracias por su respuesta maestro. durante qué tiempo? O qué es necesario para no dejar salvo derechos de terceros?
@oficinavirtual15093 жыл бұрын
Sólo para precisar, el artículo del código de procedimientos civiles es el 3.24 y, la tésis 165042 pertenece a la novena época
@IUSETjorge703 жыл бұрын
Es décima época
@aliciamanjarrezmorales717 Жыл бұрын
Maestro es lo mismo la información de dominio a la información ad perpetuam verdad
@IUSETjorge70 Жыл бұрын
Es lo mismo
@isckz2 жыл бұрын
¿Las inmatriculaciones puede estipularse en testamento o reclamarse en un intestamemntario?
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Son bienes lo que forma parte de la masa hereditaria, por ende, si la inmatriculacion es administrativa o judicial si forman parte de la masa hereditaria
@isckz2 жыл бұрын
@@IUSETjorge70 si estab en tramite la inmatriculacion y fallecio el poseedor, debo de concluir el tramite de inmatriculacion y despues abrir la sucesion?
@IUSETjorge702 жыл бұрын
@@isckz puede abrir la sucesión y concluir el procedimiento quien se designe como albaces
@isckz2 жыл бұрын
@@IUSETjorge70 muchas gracias por su atención de responder las dudas, ya lo sigo a través de este medio para aprender más acerca de esta ciencia. Un fuerte abrazo y buena noche.
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Solo le pido que me ayude difundiendo y compartiendo los videos en verdad se lo agradezco, desde donde me hace favor de seguirnos
@arturoramirez24113 жыл бұрын
Me puede proporcionar su correo electrónico.
@IUSETjorge703 жыл бұрын
jsandovalr7029@gmail.com
@brauliocervantes90742 жыл бұрын
No sé entiende
@IUSETjorge702 жыл бұрын
Hola agradezco su comentario, a qué se refiere, con no se entiende