Es cierto lo que indica el dr. Fonseca frente a los cobros de las copropiedades por temas de tutela. Lo que esta pasando, es que quizás por la carga de procesos tan grande que tienen los juzgados, éstos no están revisando de FONDO las respuestas que dan los administradores, y al evidenciar que se dió respuesta a un derecho de petición, consideran esto como TEMA SUPERADO, y desestiman la TUTELA del ACCIONANTE. A esto se agarran los administradores para decir que ganaron la tutela, y que el propietario debe pagar los honorarios del abogado, desconociendo la T 062 de 2018.
@JorgeArturoSuarezUribe3 ай бұрын
Buenos días dónde encuentro información del congreso para este año. En la web solo está la del 2023.
@davidalexandertoledoruiz2263 ай бұрын
Doctor buenas tardes si se toman decisiones para realizar arreglos o cambios en zona común o parques infantiles sin informar a los residentes hasta algún reclamo o reproches, gracias
@javiermateorodriguezgonzal17703 ай бұрын
Frente a la pregunta de la sra. Olga, la cual es muy buena, quedo con la duda, pues los reglamentos ponen como condición, que en las deliberaciones y decisiones del consejo de administración que se tomen de manera virtual, debe existir simultaneidad en las mismas, y en los correos electrónicos tal condición no se da. Por esto de manera respetuosa, difiero de la opinión del señor abogado.
@aliciaserranoplata91143 ай бұрын
Buenos días, en ésta opción de comunicación por escrita se puede hacer la modificación del reglamento de propiedad horizontal?