Vamos a ver que tributos pueden exigir las corporaciones locales y como se clasifican
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@evadegracia33264 ай бұрын
Buenos días Oscar, las tasas y contribuciones especiales, sí tienen contraprestación verdad? y son tributos pero no impuestos. Gracias!
@Opositalocal4 ай бұрын
Si, tienen carácter sinalagmatico
@atnt66203 ай бұрын
HOLA, ¿podrías decirme qué respuesta darías por válida? y el porqué. Estoy teniendo problemas con esta pregunta en varios exámenes, yo estoy dando por respuesta la a), pero ya llevo 2 exámenes que han dado por válida la b. ¿Los tributos propios de las haciendas locales, en virtud de lo preceptuado en el artículo 2.1 de la Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se clasifican en?: a. Tasas, contribuciones especiales e impuestos. b. Tasas, contribuciones especiales, impuestos y recargos exigibles sobre los impuestos de las comunidades autónomas o de otras entidades locales. c. Tasas, contribuciones especiales, impuestos y precios públicos. d. Tasas e impuestos.
@Opositalocal3 ай бұрын
En mi opinión, en este caso sería la b) porque hace referencia al2.1 del TRLHL, y hace referencia a tributos propios de las haciendas locales, no a categorías tributarias. Si la pregunta hiciera referencia a tipos de tributos la correcta sería la a) porque de acuerdo al 2LGT esos son los únicos tipos de tributos que hay. El recargo del IAE de las diputaciones no es un tipo de tributo es IAE. Saludos
@atnt66203 ай бұрын
Muchísimas gracias, muy amable. Tus vídeos aportan mucho, sigue así.😅