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Continuación de las clases impartidas de Interpretación y Argumentación Jurídica de forma virtual, dentro del marco de la maestría en Derechos Fundamentales y Litigación Estratégica, por parte de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), durante el período 2022-2023.
En esta oportunidad continuamos con la lógica operativa o informal de Stepehn Toulmin, cuyo principal aporte a la argumentación consistió en la elaboración de un modelo lógico de pensamiento apartado del razonamiento deductivo diseñado por Aristóteles, bajo el entendido de que este último modelo no se ajusta al modo de pensamiento y razonamiento humano por completo, para lo que se requiere una visión operativa o aplicada de la argumentación que vaya más allá de la lógica formal pura, la cual ideal para ciencias exactas como la geometría, pero resulta insuficiente para dar traste con otros factores relevantes dentro del pensamiento problemático que caracteriza la interacción humana.
En su modelo, Toulmin modelo contempla por una parte la tesis o pretensión a probar (CLAIM)... y por otra las bases o razones por las que se afirma dicha tesis (DATA), las cuales deben ser relevantes y suficientes. Al afirmar éste que no siempre la inferencia de las premisas hacia la conclusión tiene fuerza de necesidad, por lo que debe hacerse una corrección del argumento en el aspecto procedimental, es decir, del paso trazado entre las razones y la tesis. Es allí donde entra la garantía (WARRANTY), que no son más que enunciados o postulados generales que autoriza el paso de las razones a la pretensión. Todavía con esto no basta, ya que en ocasiones será necesario mostrar también que la garantía resulta válida, relevante y con suficiente peso, sobre todo si hay diversas formas posibles de pasar de las razones a la pretensión, para lo cual el proponente tendrá que demostrar que su garantía es superior a cualquier otra, y es aquí donde entra el respaldo (BACKING), que no es más que el campo general de información que está presupuesto en la garantía aducida, y que naturalmente, variará según el tipo de razonamiento jurídico.
Para éste, donde las conclusiones y las pretensiones entran dentro del campo de lo probable, por ello es que este autor basa su teoría en la jurisprudencia y no en la geometría, ya que es el derecho el que ofrece el mejor escenario para la práctica y el análisis del razonamiento, en el que se puede argumentar y refutar sobre las distintas perspectivas de los hechos y el derecho en un caso concreto.